Gobierno dominicano designa al Cartel de los Soles como organización terrorista

Instruyó a los organismos de inteligencia y seguridad del Estado a adoptar las medidas apropiadas para prevenir las incursiones del grupo antes indicado en el territorio nacional

El Palacio Nacional, lugar desde donde el presidente de la República dirige los destinos de la nación. Fuente externa

SANTO DOMINGO.- El Poder Ejecutivo designó como organización terrorista al grupo armado Cártel de los Soles por lo que instruyó a los organismos de inteligencia y seguridad del Estado a adoptar las medidas apropiadas para prevenir las incursiones del grupo antes indicado en el territorio nacional, o en contra de intereses dominicanos en el exterior.

La designación está contenida en el decreto 500-25 de fecha 2 de septiembre del presente año.

La decisión obedece a que la Constitución dominicana establece como objetivo de alta prioridad el combate de las actividades criminales transnacionales que pongan en peligro los intereses del país, así como la paz, estabilidad y seguridad nacional y regional.

En el mismo documento se instruye al Ministerio de Relaciones Exteriores comunicar a los organismos internacionales competentes y a los socios estratégicos de República Dominicana.

Asimismo, coordinar con las instancias multilaterales apropiadas las acciones necesarias para que se adopten, en el marco del derecho internacional, las sanciones y medidas de cooperación que resulten pertinentes contra dicho grupo terrorista.

. Se designa como organización terrorista al grupo armado Cártel de los Soles.

ARTÍCULO 2. Se instruye a los organismos de inteligencia y seguridad del Estado a adoptar las
medidas apropiadas para prevenir las incursiones del grupo antes indicado en el territorio nacional,
o en contra de intereses dominicanos en el exterior.
PARRAFO. Se instruye al Ministerio de Relaciones Exteriores comunicar esta designación a los
organismos internacionales competentes y a los socios estratégicos de República Dominicana.
Asimismo, coordinar con las instancias multilaterales apropiadas las acciones necesarias para que
se adopten, en el marco del derecho internacional, las sanciones y medidas de cooperación que
resulten pertinentes contra el grupo terrorista designado en este decreto.