Santo Domingo.-La Fundación Matrimonio Feliz presentó un recurso de inconstitucionalidad a la modificación introducida al Código Penal para permitir casos de excepciones a la penalización de la interrupción del embarazo.
En una instancia depositada el 23 de enero la entidad pidió al Tribunal Constitucional declarar inconstitucional la expresión “salvo lo dispuesto en el artículo 110, así como su artículo 110 y su párrafo del Código Penal aprobado, por las siguientes razones: por no cumplir con la obligación del conocimiento y aprobación de ambas cámaras legislativas y por ser violatorio de la Constitución en su artículo 37.
La Fundación Matrimonio Feliz indicó que su interés es reclamar el cumplimiento de la Constitución y el respeto a la vida humana.
Dijo que la Constitución protege el derecho a la vida del no nacido como un valor insustituible, del que es titular todo ser humano en cualquier etapa de su vida.
“Ni el Poder Ejecutivo ni la Cámara de Diputados pueden promover acciones legislativas que atenten contra la vida desde el momento de la concepción”.
Expresó que la Carta Magna destaca que el Estado debe garantizar la importancia del derecho de “abstenerse de provocar aborto y establecer las garantías efectivas para la defensa y protección de la vida”. Cuestiona la promulgación que hizo el Ejecutivo.