FONPER podrá adelantar pagos a trabajadores cesantes de Falcondo tras autorización judicial
- La decisión permitirá cubrir las obligaciones laborales pendientes sin esperar la conclusión del proceso de reestructuración de la minera. El Estado podrá reclamar posteriormente a Falcondo los recursos desembolsados.
El Tribunal de Reestructuración y Liquidación de Empresas y Personas Físicas Comerciantes de Santiago autorizó al Estado dominicano, a través del Fondo Patrimonial de las Empresas Reformadas (FONPER), a establecer un mecanismo para adelantar el pago de las obligaciones laborales pendientes de Falconbridge Dominicana, S.A. (Falcondo) con sus trabajadores cesantes.
La decisión, contenida en una resolución emitida el 10 de septiembre de 2026, permitirá que los exempleados reciban los recursos que les correspondan sin tener que esperar la conclusión del proceso de reestructuración que actualmente se desarrolla respecto de la empresa minera.
Para efectuar los desembolsos, las acreencias laborales deberán ser previamente determinadas y aprobadas por el Ministerio de Trabajo.
El mecanismo fue solicitado por el Estado dominicano ante la prolongada falta de pago de las prestaciones laborales y otros derechos adquiridos por antiguos trabajadores de Falcondo.
Al evaluar la petición, el tribunal tomó en cuenta la protección especial que la Constitución y las leyes dominicanas reconocen a los derechos laborales, así como las consecuencias económicas y sociales que supone para los trabajadores permanecer a la espera de la culminación de un proceso de insolvencia.
Estado podrá recuperar los recursos
La resolución establece un esquema de subrogación mediante el cual el Estado podrá realizar los pagos y posteriormente asumir la condición de acreedor frente a Falcondo por las cantidades efectivamente desembolsadas.
De esta manera, los recursos adelantados por el FONPER no liberan a la empresa de sus obligaciones ni constituyen una transferencia definitiva de fondos públicos a favor de Falcondo.
Las sumas pagadas podrán ser reclamadas dentro del mismo proceso judicial y recuperadas con cargo al patrimonio de la empresa, conforme a las disposiciones que establezca el procedimiento de reestructuración.
El tribunal señaló, además, que Falcondo posee activos mobiliarios e inmobiliarios susceptibles de realización, lo que abre la posibilidad de que el Estado recupere posteriormente los recursos utilizados para cubrir las acreencias laborales.
En sus consideraciones, la jueza sostuvo que el mecanismo permite ofrecer una respuesta inmediata a los trabajadores ante la falta de liquidez de Falcondo, sin trasladar de manera definitiva al Estado una obligación que corresponde a la empresa.
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