Facturación electrónica, implementación en Dominicana

Facturación electrónica, implementación en República Dominicana

Facturación electrónica, implementación en República Dominicana

Por Patricia Gil*

La Facturación Electrónica surge como un instrumento para fomentar la transparencia tributaria y luchar contra la evasión fiscal. Es un aporte de las Administraciones Tributarias más avanzadas de la región.

La Facturación Electrónica nace en el 2003 en América Latina, implementándose por primera vez en Chile, seguido por Argentina, Ecuador, México, Perú, Brasil y Uruguay en el 2017. Poco tiempo después, se incorporan Colombia, Guatemala, República Dominicana, Panamá, Bolivia, entre otros.

La República Dominicana, en consonancia con las buenas prácticas internacionales, inicia la implementación de la Facturación Electrónica con un proyecto piloto en el 2019.

Pero ¿qué es la Facturación Electrónica en República Dominicana? Es una modalidad de facturación que cumple todos los propósitos comerciales y legales que una factura en papel, pero se emite y recibe de manera inmediata, es decir, un emisor y un receptor intercambian sus facturas al instante. Es, sin dudas, el proyecto fiscal más innovador de las últimas décadas.

El proceso de implementación voluntario inició con la emisión de las normativas dispuestas por la Dirección General de Impuestos Internos que regularon la Facturación Electrónica en el país, concretándose en mayo del 2023 con la aprobación de la Ley 32-23 de Facturación Electrónica de la República Dominicana donde se establece la masificación del uso de la Factura Electrónica como modalidad de factura comercial obligatoria, gracias al éxito logrado con la implementación de 11 contribuyentes que representaron los principales sectores económicos del país, nuestro país se suma a la Facturación Electrónica, convirtiéndose en una realidad en la República Dominicana, lo que se traduce en el presente y porvenir de la Administración Tributaria y permitiendo que todos los contribuyentes deban implementar esta modalidad de facturación antes de mayo del 2026.

Para facilitar la masificación, en el artículo 37 de la Ley 32-23 se estableció un calendario de implementación donde los Grandes Nacionales deberán implementar antes de mayo 2024, los Grandes Locales y Medianos contribuyentes antes de mayo 2025 y los pequeños, micro, profesionales liberales y contribuyentes no clasificados antes de mayo 2026.

Por otro lado, para fines de colaborar con los costos que incurrirán los contribuyentes por la implementación de Facturación Electrónica, se ha dispuesto en la referida Ley, incentivos pecuniarios para los contribuyentes que implementen en el periodo de voluntariedad, previo cumplimiento de algunos requisitos.

Gracias a todos los beneficios que otorga, la Facturación Electrónica representa un antes y un después en la tributación dominicana,  la experiencia de los países que utilizan factura electrónica ha demostrado que su uso aventaja a las empresas que la utilizan; fomenta una sociedad justa con un ambiente de negocios más saludable, aportando a la formalización de la economía y la transparencia fiscal, al mismo tiempo que contribuye a mejorar el cuidado del medio ambiente y facilita el cumplimiento de las obligaciones tributarias.

*La autora es Gerente de Facturación de la DGII



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