Estado inconstitucional de no derecho

Estado inconstitucional de no derecho

Estado inconstitucional de no derecho

Carlos Salcedo

Recientemente vimos una decisión de la Corte Penal del D. N. que varió la forma de ejecución de una medida de coerción de un imputado, permitiéndole que pueda asistir dos días a la semana a su oficina a trabajar. Esto fundamentado en el derecho constitucional al trabajo y en la Ley que Regula el Sistema Penitenciario y Correccional en la República Dominicana, número 113-21.

Como respuesta a esta decisión, la Lic. Mirna Ortíz, del Ministerio Público (MP), emitió unas declaraciones contradictorias.

Primero, reconoció que el derecho al trabajo tiene rango constitucional, pero, por otro lado, se desdijo preguntándose: ¿entonces si todos los ciudadanos son iguales ante la ley, esto querría decir que todos los ciudadanos que también están sometidos a un proceso judicial, deberían tener los mismos derechos? Con ello deja dicho, a modo de advertencia o con pesar, que con la decisión se abre una puerta para otorgar el mismo tratamiento a otros casos. También afirmó que “existe privilegio a favor de imputados de los grandes procesos”.

Igualmente, el director de la PEPCA, Lic. Wilson Camacho, en un hilo de Twitter adujo que “El verdadero populismo penal que asola a América como el que bajo la apariencia de “buenismo” ignora a las víctimas y se desentiende de la necesidad de los ciudadanos de convivir pacíficamente.

Eso puede ser muchas cosas, pero no es derecho penal”.
Son pronunciamientos contradictorios, no solo por provenir del propio Estado, sino porque si los más formados, capaces y respetados desdicen con sus palabras de los derechos y garantías reconocidos constitucionalmente, confirman que sus actuaciones arbitrarias durante las investigaciones a su cargo parten del convencimiento de que los ciudadanos sometidos no son sujeto de derechos y si los tribunales deciden a favor de sus derechos se trata de un privilegio y un “buenismo” propio de un populismo penal que protege a los grandes delincuentes y corruptos.
Intranquiliza que esa convicción del MP pasa por asumir que cuando de esos casos se trata se cambian los papeles: el MP es juez y ya dictó sentencia de condena y los jueces, instrumentos pusilánimes, incapaces e irrespetuosos del Estado inconstitucional de no derecho.

Se trata de un peligroso Estado policial, que defenestra las instituciones democráticas y el ordenamiento jurídico superior, contención y limitación para la debida actuación del Estado y para evitar el abuso propio de sociedades antiderechos.