Santo Domingo.-El Código Penal cumplirá ciento cuarenta años de haber sido promulgado este 2024, longevidad que ha provocado que surjan leyes alternas circunscritas a sectores para responder judicialmente ante ilícitos legales para responder ante su desactualización.
Los aspectos considerados en el proyecto aprobado por el Senado a principios de esta semana, hacen lucir la propuesta como fresca y acorde con las mutaciones del delito en los últimos cien años.
EL documento establece en sus principios que se trata de una ley de interpretación estricta, prohibiendo el uso e analogías y la interpretación extensiva de la norma penal.
Contempla penas complementarias que van desde confiscación de bienes, inhabilitación de licencias, de ser funcionario público, de participar en concursos de oposición pública, etc.
Además de penalizar las personas físicas, hace lo propio con las personas jurídicas figurando entre ellas la multa y la disolución de la compañía.
Entre sus novedades aparecen los conceptos de semilibertad, fraccionamiento de las penas, privación de libertad los fines de semana e impone medidas de seguimiento sociojudiciales que serán aplicadas a las personas que ya cumplieron condena.
Considera como infracciones de lesa humanidad el asesinato, la tortura, el exterminio, la violación sexual, la esclavitud sexual, prostitución y embarazos forzados, esterilización y abortos forzados, segregación racial y persecución por motivos políticos, raciales, discriminación sexista, religiosa y cultural.
No prescribirán crímenes como el genocidio, la desaparición forzada y las demás infracciones de lesa humanidad.
Sobre homicidio
Introduce el homicidio agravado, el feminicidio, inducción al suicidio, el sicariato y el envenenamiento.
El documento dedica toda una sección al aborto, penalizando a los que a través de medicamentos, brebajes, sondeos, o cualquier otro medio y aún con el consentimiento de la mujer, interrumpa el embarazo con hasta dos años de prisión menor. Si el aborto se ejecutó sin el consentimiento de la mujer, entonces la pena será agravada.
Igualmente penaliza con hasta dos años a la mujer que se provoque el aborto y en los casos en que no se logre el cometido, pero la criatura termine con lesiones, también aplicará la sanción menor y el Estado se quedará con la tutela del menor.
Causas de aborto
Cuando el aborto es causado por un personal de la salud tras correr riesgo la vida de la madre y agotar los procedimientos científicos disponibles, quedarán eximidos de la pena.
La propuesta de Código Penal también categoriza el hostigamiento e intimidación, la violencia intrafamiliar, de género (esta última sin importar el sexo de la víctima), el exhibicionismo sexual, el acoso, la amenaza, el abandono y los experimentos biomédicos no consentidos.
Protesta
— Otro Código Penal
Ayer la diputada Magda Rodríguez, con el apoyo de grupos progresistas y en medio de una manifestación cívica frente al Congreso Nacional, depositó una nueva propuesta con respecto a las causales del aborto.
Piden incluir las tres causales en Código
Defensa. Ayer, grupos feministas protestaron frente al Congreso Nacional exigiendo sean incluidas las causales del aborto y que sean considerada la discriminación por preferencia sexual.
Una imagen que se repite cada vez que el Código Penal empieza a circular en una de las cámaras congresuales y que también se replica entre los grupos más conservadores.
Dichas pugnas, han logrado en el pasado y en más de una ocasión que, pese a la composición de las cámaras, los legisladores omitan llevar la pieza a la consideración de las mayorías.
En estos casos, las piezas agotan procesos similares y, en caso de colindar en una misma cámara, suelen fusionarse. Muchos de sus aspectos son similares a la pieza aprobada en el Senado, pero incluye tres causales.