En caso de culpa en Jet Set, la prisión sería de dos años según Código Penal
Santo Domingo.- En los casos donde se produzca la muerte o lesión de una persona como consecuencia de descuido o negligencia, como lo que algunos presumen ocurrió en la discoteca El Jet Set, podría abrirse un proceso judicial por homicidio involuntario pero que las penas son considerablemente bajas lo que aviva el debate por reformar el Código Penal.
Según lo explica el jurista Francisco Álvarez, el artículo 319 del Código Penal, contempla una acción penal en los casos de homicidios involuntarios que contemplan una pena de hasta dos años de cárcel, lo que, se constituye en una seria limitación para lograr justicia en eventos como el del Jet Set, en caso de comprobarse negligencia tras pesquisas.
“Si en un caso hipotético, cinco individuos acusan a alguien por un homicidio involuntario, y lo máximo que eso aguanta, según el artículo 319, es una condena de hasta dos años, esa será la pena efectiva, no importa cuántas víctimas haya. En nuestro país no existe cúmulo de penas, y esa es otra deuda que arrastra la reforma al código penal”, explicó Álvarez.
Añadió que en caso de múltiples sentencias, “la condena más alta se ‘come’ las demás”, es decir, no se suman de forma acumulativa.
Lea: Historial de aprobaciones del Código Penal en República Dominicana
Complejidades de condena en casos como El Jet Set
“El 319 trata el homicidio involuntario, ese que por descuido se genera algo que provoca la muerte de otra persona y que el supuesto autor no tenía intención de que ese fuera el desenlace. Pero se requieren elementos previos para que proceda: la capacidad del involucrado dentro de la estructura de la empresa, por ejemplo, si era la administradora del lugar donde ocurrió el hecho”, dijo.
El abogado comparó este tipo de responsabilidad con el caso de alguien que coloca una silla mal amarrada sobre un vehículo y esta, al caer, lesiona a otra persona.
“Aunque no haya intención, hay un daño, y la persona puede ser objeto de un proceso penal. No obstante, hay otros actos que, aunque sin intención directa, tienen un riesgo tan evidente que se consideran más graves, como los disparos al aire. En ese caso, la probabilidad de daño letal es altísima”, detalló.
Acción civil en caso del Jet Set
En paralelo a la vía penal, Francisco Álvarez expuso que las víctimas o familiares también pueden emprender acciones civiles por responsabilidad objetiva en el caso del Jet Set.
“La responsabilidad civil va a permitir que cada persona que demuestre que fue afectada por ese hecho, por acción u omisión, pueda ser indemnizada. El daño puede ser cuantificable en términos de bienes, o por afectaciones al honor, la salud emocional, el entorno familiar”, explicó.
Indicó que, aunque no se haya comprobado aún si hubo negligencia en el caso al que se refieren estas declaraciones —que por respeto a las víctimas no quiso abordar de manera directa—, es probable que muchas personas afectadas acudan a los tribunales buscando reparación.
“La tesis de la responsabilidad civil objetiva sostiene que si hay un daño atribuible a una persona física o moral, se puede reclamar indemnización, incluso si no hubo intención de hacer daño”, puntualizó.
Acciones conjuntas por caso Jet Set tienen poco peso
Al ser cuestionado sobre si las víctimas podrían presentar acciones conjuntas, explicó que eso tiene poco peso en la práctica dominicana.
“No importa si hay un litigio con muchos demandantes o demandas individuales. Cada derecho se tasará de manera independiente, porque así funciona el sistema. En lo penal, la cantidad de víctimas tampoco hace diferencia si no hay cúmulo de penas”, enfatizó.
Finalmente, Álvarez recordó un caso reciente donde un conductor ebrio atropelló a una persona en el malecón y, pese a la gravedad del hecho, solo pudo ser imputado bajo el artículo 319.
“Aunque la muerte era un desenlace previsible por el estado en que conducía, y aunque la persona fallecida era hijo de alguien influyente, la pena máxima aplicable seguía siendo de dos años. A menos que se demuestre que la negligencia fue tan grave que se acerque a una especie de dolo eventual, es difícil reconfigurar la acusación”, concluyó.
Necesidad reformar Código Penal
El jurista llamó la atención sobre la urgencia de reformar el Código Penal dominicano, para que contemple penas más justas y proporcionales en casos donde, aunque no haya intención de dañar, la negligencia sea tal que el desenlace fatal sea prácticamente inevitable.
En la tragedia del Jet Set fallecieron 231 personas y 189 resultaron lesionados tras desplomarse el techo de la estructura pero, al no existir el cúmulo de penas, en caso de comprobarse culpabilidad la pena sería leve, por la ligereza el actual Código Penal.
En el Congreso Nacional ya están, al menos en lo organizacional, listos para intentarlo una vez más con el sazonado proyecto del Código Penal.
Las proporciones a favor de los puntos en conflicto en el Código Penal, siguen siendo las mismas que en anteriores periodos legislativos pero, en opinión de algunos legisladores, el cambio de gobierno en Estados Unidos que tiene inclinaciones conservadoras, es un aval de que en esta ocasión si lograrán aprobar la pieza.
El presidente de la comisión bicameralba cargo del proyecto de Código Penal, Santiago Zorrilla, manifestó que ya es tiempo de dar respuesta al pueblo que ha esperado la pieza por más de 20 años.
Esa comisión acordó este realizar una matriz que contenga diferentes iniciativas sometidas al Congreso Nacional, que sirva para que cada legislador, parte de la comisión, presente sus propuestas.
Con la matriz se busca que los congresistas observen las similitudes y diferencias de cada pieza, y enriquecer de esa manera el debate, según informó el presidente de la comisión, el senador Santiago José Zorrilla.
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