Empresas y Derechos Humanos

Empresas y Derechos Humanos

Empresas y Derechos Humanos

Rommel Santos Díaz, experto

Por* Rommel Santos Díaz

En la primera década de implementación, los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos han desempeñado un papel inestimable en la fijación de una agenda internacional, convirtiéndose en la norma de referencia. Sin embargo, lograr la rendición de cuentas por los abusos de los derechos humanos relacionados con las empresas sigue siendo una tarea en desarrollo en todo el mundo.

Los cambios en el comportamiento de las empresas se han producido a un ritmo lento, que contrasta con las necesidades urgentes y aceleradas de una sociedad global que está atravesando profundas crisis sociales, medioambientales y económicas.

Aunque los Estados y las empresas han empezado a aplicar el marco para prevenir y abordar los daños relacionados con las empresas a las personas y al planeta, los compromisos se han quedado en gran medida sobre el papel. Las violaciones de los derechos humanos y del medio ambiente por parte de los actores económicos no solo han continuado, sino que se han agravado, afectando negativamente a sectores especialmente vulnerables.

Si bien es cierto que el papel normativo de los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos ha sido innegable, la naturaleza voluntaria de estos ha demostrado ser insuficiente para generar un cambio sistémico e impulsar la tan necesaria transformación del modelo empresarial para un mundo más sostenible.

Como esta transformación no puede esperar, las Organizaciones de la Sociedad Civil y los Actores Sociales piden una hoja de ruta más concreta y ambiciosa que situé el acceso a la justicia y un conjunto de normas internacionales solidas y vinculantes como pasos clave hacia la responsabilidad de proteger y la reparación.

Muy recientemente la responsabilidad empresarial de respetar los derechos humanos ha comenzado a transformarse en obligaciones legales concretas.

Aunque algunas leyes nacionales recientemente aprobadas sobre diligencia debida empresarial en cadenas de suministro en materia de derechos humanos y medio ambiente pueden reducir la brecha en la rendición de cuentas, la naturaleza de las obligaciones legales y los regímenes de responsabilidad tendrán que ser cuidadosamente equilibrados y aclarados para evitar las consecuencias no deseadas de una diligencia debida de que suponga una mera “verificación de casillas” que podría blindar a las empresas de sus responsabilidad, al tiempo que impediría a las víctimas obtener reparación efectiva.

En los últimos tiempos algunas decisiones judiciales han mostrado el potencial de los marcos legales existentes. Sin embargo, observamos que la influencia de las empresas en el Estado sigue siendo el mayor obstáculo para una reparación efectiva y para generar cambios sistémicos.

Los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos fueron adoptados en 2012 por los Estados Miembros de la Organización de las Naciones Unidas.

Ha llegado el momento de que estos principios aborden los desequilibrios entre las partes para contribuir de forma concreta a prevenir y reparar los abusos de las empresas y proteger de forma efectiva los derechos humanos.

Cabe reconocer que en respuestas a los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos, durante la última década, muchos gobiernos han creado Planes de Acción Nacionales sobre empresas y derechos humanos y han adoptado leyes para contrarrestar los abusos corporativos y mejorar la rendición de cuentas. Muchas empresas están fortaleciendo las políticas y las practicas corporativas sobre derechos humanos y realizando la debida diligencia para evitar el apoyo directo o inadvertido a los abusos de los derechos humanos. Las empresas que respetan los derechos humanos tienen una ventaja competitiva al mitigar los riesgos operativos, legales y de reputación.



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