Defensa prohíbe a militares asistir armados a discotecas, drinks y colmadones

Santo Domingo.- El Ministerio de Defensa (MIDE) emitió la circular núm. 6-2025 con el objetivo de reforzar la disciplina y proteger la imagen institucional de las Fuerzas Armadas. El documento actualiza y reitera las normas de conducta para el personal militar en servicio, con énfasis en el uso de redes sociales y la asistencia a espacios públicos.
La circular, firmada por el ministro de Defensa, teniente general Carlos Antonio Fernández Onofre, prohíbe a los militares —ya sea que vistan de uniforme o de civil— portar armas de fuego en lugares donde se expendan bebidas alcohólicas, como discotecas, bares, drinks y colmadones.
La medida forma parte de los esfuerzos del MIDE por mantener el orden, la disciplina y la coherencia con los valores institucionales dentro y fuera del ámbito militar.
Prohibido hablar
En cuanto a la comunicación pública, la circular reitera que los militares tienen prohibido realizar declaraciones no autorizadas sobre actividades institucionales, ya sean sociales, culturales, deportivas o religiosas. Solo el Ministerio de Defensa, las Comandancias Generales o las personas expresamente autorizadas pueden ofrecer información oficial sobre temas de carácter militar.
El documento también advierte sobre la importancia de mantener un comportamiento y una apariencia que respeten la imagen de la institución.
La vestimenta
Esto incluye la prohibición de utilizar vestimenta inapropiada, lenguaje ofensivo o cualquier acción que pueda afectar la reputación de las Fuerzas Armadas, tanto en los medios tradicionales como en las plataformas digitales y redes sociales.
La circular subraya que el incumplimiento de estas disposiciones será considerado una falta grave y será sancionado de acuerdo con la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas y el Reglamento Militar Disciplinario.
Por último, el Ministerio de Defensa instruyó a todos los oficiales ejecutivos y responsables de unidades militares a difundir el contenido de la circular y garantizar su cumplimiento.
El texto debe ser leído en formación y colocado en lugares visibles de recintos, campamentos y destacamentos, dejando sin efecto cualquier normativa previa que contradiga estas directrices.