 
El texto de la Resolución 1422 establecía, en su numeral 1, que el Consejo de Seguridad pide, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 del Estatuto de Roma, que la Corte Penal Internacional , si surgiera un caso en relación con acciones u omisiones relacionadas con operaciones establecidas o autorizadas por las Naciones Unidas y que entrañe la participación de funcionarios, ex funcionarios, personal o antiguo personal de cualquier Estado que no sea parte en el Estatuto de Roma y aporte contingentes, no inicie y prosiga , durante un periodo de doce meses a partir del primero de julio del año 2002, investigaciones o enjuiciamiento de ningún caso de esa índole salvo que el Consejo de Seguridad adopte una decisión en contrario.
Esta Resolución causó gran revuelo en la comunidad internacional debido a que el Consejo de Seguridad concede inmunidad a sus propios agentes, sucumbiendo ante la presión de Estados Unidos, ya que, si no se promulgaba esta Resolución, este país dejaría de participar en las operaciones de paz.
A lo largo de 2003, se dio un debate público auspiciado por gobiernos y ONGS sobre la inconveniencia de la renovación de esta decisión. A pesar del consenso de la mayoría de los intervinientes, esta inmunidad fue prorrogada mediante la Resolución No.1487, que entro en vigor el 1 de julio del 2003 y estuvo vigente hasta el 30 de junio del 2004.
Cabe resaltar que Francia (con derecho a veto en el Consejo de Seguridad) , Alemania y Siria (miembros temporales del Consejo de Seguridad para ese periodo) se abstuvieron de votar respecto de dicha Resolución. Esto obedece a que tanto Francia como Alemania necesitaban reconstruir sus relaciones diplomáticas con Estados Unidos después de su negativa en participar en la guerra de Irak, mientras que Siria estaba bajo presión debido a que se le había acusado de apoyar a las tropas iraquíes con armamento y víveres.
El fundamento de estas Resoluciones se encuentra en el artículo 16 del Estatuto de Roma al facultar al Consejo de Seguridad a suspender las labores de investigación o enjuiciamiento de la Corte Penal Internacional, por un lazo de doce meses en el marco de lo establecido en el Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas.
Es importante señalar que el propio Secretario General de las Naciones Unidas en ese periodo Kofi Annan , fue un crítico de esa de esa decisión, esperando que esta prórroga no se convirtiese en una rutina anual. Si asi fuere, temo que el mundo interpretaría esto como un mensaje del Consejo de Seguridad que pretende la absoluta y permanente inmunidad hacia los oficiales parte en las operaciones de paz.
Si esto llegase a suceder, no solo atentaría contra la autoridad de la Corte Penal Internacional, sino también contra la autoridad del Consejo de Seguridad, y la legitimidad del mandato de mantenimiento de la paz por parte de las Naciones Unidas.
Finalmente, en el año 2003 el Consejo de Seguridad promulgó una Resolución que establece como crimen de guerra los ataques contra el personal de las Naciones Unidas y los trabajadores de misiones humanitarias. Esta Resolución se encontraba en agenda, y únicamente fue promulgada cuando se eliminó todo tipo de alusión a la Corte Penal Internacional.
rommelsantosdiaz@gmail.comEste artículo fue publicado originalmente en El Día
 
                                             
                     
                             
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
