El amparo como herramienta litigiosa

Una de las razones de la belleza del Derecho es la capacidad que tienen sus instituciones de liberarse de los límites que les quiso imponer la ley. Muchas veces, instituciones procesales y recursos que estaban pensados con un marco muy específico terminan siendo útiles a los ciudadanos en formas imprevistas para el legislador.
Una muestra patente de ello es el amparo dominicano. Previsto inicialmente como un mecanismo para la garantía de los derechos fundamentales sólo en situaciones muy excepcionales, la jurisprudencia ha expandido su campo de acción hasta convertirlo en una herramienta indispensable en los litigios. En realidad, esta expansión era tan inevitable como fue imprevista dado el carácter expansivo de los derechos fundamentales en nuestro ordenamiento jurídico.
La constitucionalización del Derecho ha tenido como consecuencia que los derechos fundamentales se han convertido en el motor y la guía de la labor de los jueces, lo que ha permitido que una institución diseñada para protegerlos haya logrado insertarse en todos los ámbitos del quehacer jurisdiccional. En el caso que nos ocupa, el legislador quiso circunscribir la aplicación del amparo a los casos en los que se cumplieran dos criterios: 1) que el derecho violado fuera un derecho constitucional y no una cuestión de mera legalidad; y 2) que no existiera una vía más efectiva que el amparo para proteger el derecho.
En principio, el segundo de estos criterios se interpretó en sentido restrictivo: si había una vía prevista en la ley y que tuviera una efectividad similar a la del amparo, entonces el amparo era considerado inadmisible. Sin embargo, los jueces de amparo -y finalmente el Tribunal Constitucional en sentencias como la TC//0237/16- han empezado a interpretar ese criterio en forma más amplia, señalando que lo que hay que verificar es si existe una vía prevista en la ley sino si, además, es verdaderamente efectiva. Es decir, que para que se declare admisible el amparo ya no es necesario probar que es más efectivo que las demás vías legales, basta con demostrar que estas últimas no son tan efectivas como el amparo. Este giro en la interpretación ha abierto un verdadero abanico de posibilidades para el amparo. Ha pasado de actor secundario a verdadero protagonista.
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