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El 4% del PIB y la falta de aulas en escuelas públicas

Teodoro-Tejada-Codia
📷 Teodoro Tejada.

La Ley No. 66-97, Orgánica de Educación, del 9 de abril de 1997, en su artículo 197, ordena que el gasto público anual en educación debe alcanzar, en un período de dos años a partir de la promulgación de esta ley, el cuatro por ciento (4 %) del producto bruto interno (PBI) estimado para el año corriente.

La gran lucha del pueblo, denominada “la causa amarilla”, con la formación de la Coalición por una Educación Digna, reclamó el cumplimiento de la asignación del 4 % del PIB.

En septiembre de 2011, fue firmado por los candidatos presidenciales para las elecciones de mayo de 2012, el “Pacto Compromiso Político y Social por una Educación de Calidad, con la asignación del 4 % del PIB en la Ley de Presupuesto General del Estado, a partir del año 2013”.

El expresidente Danilo Medina, a través del Decreto núm. 625-12, del 10 de noviembre de 2012, en su artículo 2, crea el Programa Nacional de Edificaciones Escolares (PNEE), adscrito al Ministerio de Obras Públicas (MOPC), con un 60 %, y a la eliminada Oficina de Ingenieros Supervisores de Obras del Estado (OISOE), con un 40 % de las edificaciones escolares que serían ejecutadas. Ambas entidades trabajarían en combinación con el Ministerio de Educación (MINERD).

El 4 % del PIB y la falta de aulas en escuelas públicas tuvieron como principales obstáculos la deficiencia en la planificación de los cinco sorteos del PNEE, así como la participación de tantas entidades públicas, incluido el PROPEEP y el INAIPI.

La Unidad de Fiscalización del Programa Nacional de Edificaciones Escolares (UF-PNEE) del Minerd instaló la “mesa Minerd” en las sedes del MOPC y OISOE, para fiscalizar las cubicaciones y remitirlas al coordinador general de la UF-PNEE para la asignación de fondos, al igual que todas las solicitudes de aprobaciones de variación del monto del contrato original, creando serios inconvenientes por la discrecionalidad y el poder.

El presidente Luis Abinader emitió el Decreto núm. 661-22, en su artículo 2, literal a), que derogó el Decreto núm. 625-12, del 7 de noviembre de 2012, que creó el Programa Nacional de Edificaciones Escolares (PNEE), y en su artículo 3 crea la Dirección de Infraestructuras Escolares (DIE).

El objetivo del Decreto 661-22 fue resolver el problema de falta de organización e institucionalización en materia de infraestructuras escolares, así como las deudas de RD$3,400,752,144.47, por concepto de 344 planteles inaugurados con cubicaciones finales no pagadas, y 460 contratistas con líneas de crédito pendientes con el Banco de Reservas, heredadas de los gobiernos del expresidente Danilo Medina.

El gobernante emitió el Decreto núm. 313-24, del 7 de junio de 2024, donde establece la desconcentración funcional de la DIE (artículo 1) y, en su artículo 2, ordena crear la unidad ejecutora de presupuesto.

Con el interés de enfrentar la paralización cuasi total de las construcciones de planteles escolares por falta de pago de cubicaciones hasta agosto de 2020, a causa del nudo legal, el mandatario envió al Congreso Nacional los anteproyectos que fueron convertidos en la Ley 118-21 y la Ley 83-24. Con estas leyes se han podido concluir unos 230 planteles escolares.

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