Ejecutivo plantea que el TC decida sobre artículo

Ejecutivo plantea que el TC decida sobre artículo

Ejecutivo plantea que el TC decida   sobre artículo

Santo Domingo.-El Poder Ejecutivo sugirió al Congreso Nacional que sea el Tribunal Constitucional el que decida si la eliminación del párrafo tres del artículo 85 del Código Procesal Penal es de conformidad con la Constitución de la República.

El debate ha sido generado por la eliminación del derecho de los ciudadanos a querellarse contra los funcionarios públicos que cometan delitos durante el ejercicio de sus funciones, así como en los casos de vulneración a derechos humanos.

“La propuesta de supresión de este párrafo ha generado un importante debate de la clase jurídica dominicana y diversas reacciones en pro y en contra de tal decisión legislativa.

El punto fundamental del debate parece centrarse en la determinación del carácter constitucional de la permanencia o de la exclusión de dicha norma, lo cual debería dejarse al criterio del órgano constitucional encargado de dirimir estos aspectos”, indicó Medina.

Señala que en segundo término, preocupa que se mantenga la redacción del penúltimo párrafo del artículo en cuestión, que limita la posibilidad de la querella.

Otras observaciones

El Poder Ejecutivo también hizo recomendaciones sobre la competencia de los jueces de la Ejecución de la Pena.

Sobre el artículo 49 del Código sugiere que el juez de Ejecución de la Pena no tenga competencia para decidir sobre ningún pedimento que haga el privado de libertad por resolución o sentencia que no haya adquirido la autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada. Indica que esos casos es competente el juez o tribunal apoderado de lo principal.

En relación a los textos de los artículos 420 al 422 de la Corte de Apelación indica: “Nos permitimos observar que tal como se expresó en lo relativo al artículo 417, el modelo de apelación que se propone ha sido ampliado de tal forma que implicaría reinstaurar el sistema de recursos del Código de Procedimiento Criminal napoleónico, superado ventajosamente por la actual normativa”.



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