Santo Domingo.-La Cámara de Diputados aprobó hoy en dos lecturas consecutivas y de urgencias con modificaciones la Ley de Lavado de activos y financiamiento del terrorismo que incluye a las bancas de apuestas juegos de azar, bancas de lotería o apuestas, y concesionarios de lotería. Asimismo, elimina las sociedades de cooperativa.
Ambas modificaciones hechas por el bloque opositor del Partido Revolucionario Moderno fueron acogidas en su totalidad por todas las bancadas con el voto favorable de 183 y 1 en contra del diputado Manuel Díaz, lo que provocó que la presidenta le dijera que pusieran en letras grandes y negritas el voto del diputado Díaz. “Te vi te veré” le dijo.
La pieza modificada en sus artículos 2; 33 y el 64 tendrá que pasar al Senado para su estudio y ratificación.
La nueva ley establece que las bancas de apuestas y juegos de azar pasaran a ser supervisados por la Dirección Nacional de Casinos y Juegos de Azar. Mientras, que las Sociedades Cooperativa su desempeño estará bajo el mandato del Instituto de Desarrollo y Crédito Cooperativo (IDECOP).
Asimismo, establece que Asimismo, amplia los tipos penales y organiza las infracciones, penas ampliando hasta un rango de 20 años. “este proyecto ha sido demandado con mucha urgencia pro organismos internacionales, para calificar el país como se merece en esta materia”, sostuvo Meran
Destacó que el mismo servirá que la República Dominicana se colocaría a la vanguardia de los demás países en torno a este tema.
La nueva Ley define por primera vez los mecanismos de cooperaciones que tendrá el país con el extranjero.
Asimismo prohibirá la compra en efectivo de inmuebles, vehículos y joyas por montos iguales o mayores a RD$1.0 millón, RD$500,000 y RD$450,000, respectivamente. Y castiga el financiamiento del terrorismo con una pena de 20 a 40 años de prisión.
Además, limita el movimiento de efectivo y sanciona a los notarios y registradores públicos que, sin recibir constancia del medio de pago, reconozcan o instrumenten operaciones al “cash” penalizadas en esa legislación.
Esa última acción es calificada como “infracción penal asociada al lavado de activos” y castiga con una pena de seis meses a un año de prisión menor y la revocación de la investidura como oficial público, en el caso de los notarios.