Santo Domingo. El abogado Miguel Valerio, representante legal del exdirector del Seguro Nacional de Salud (SENASA), Santiago Hazim, afirmó que la decisión del juez Rigoberto Sena, que impuso prisión preventiva a su defendido, vulnera derechos fundamentales como la dignidad humana, la intimidad, la presunción de inocencia y el derecho a la salud.
Valerio informó que apeló la resolución ante la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, al considerar que la decisión carece de una motivación jurídica válida y se sustenta en valoraciones personales impropias de la etapa procesal.
El jurista sostuvo que la resolución emitida por la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente del Distrito Nacional no está fundamentada en derecho, sino en juicios de valor, referencias bíblicas y literarias ajenas a los fines de una medida de coerción.
“Carece de motivación jurídica y se apoya en apreciaciones morales del juzgador, lo que la convierte en anulable”, expresó Valerio.
Según el abogado, los argumentos relacionados con supuesta avaricia, traición a la patria o deslealtad moral no constituyen razonamientos legales, sino apreciaciones subjetivas que desbordan la función jurisdiccional.
Valerio explicó que la medida de coerción tiene como únicas finalidades evitar la fuga del imputado y prevenir la destrucción de pruebas, aspectos que —asegura— no fueron debidamente analizados por el juez.
Agregó que, pese a que el tribunal reconoció el arraigo de Hazim y que el Ministerio Público no lo controvirtió, se le impuso una prisión preventiva que duplica el plazo otorgado para concluir la investigación, lo que a su juicio configura una pena anticipada, prohibida por el artículo 232 del Código Procesal Penal.
Estado de salud de Santiago Hazim
El abogado también denunció que la resolución vulnera el derecho a la salud de su defendido, quien padece esclerosis múltiple, una enfermedad autoinmune crónica del sistema nervioso central.
Indicó que fueron depositadas certificaciones médicas que demuestran que Hazim recibe tratamiento especializado con infusiones de Ocrevus, cuya interrupción podría provocar un deterioro progresivo e irreversible de su movilidad, incluso paraplejia.
Aunque el juez reconoció la condición médica del imputado, descartó que exista un peligro de vida inminente, valoración que Valerio calificó como insuficiente y desconsiderada.
“La prisión preventiva trasciende su carácter procesal y se convierte en una sanción más grave que una eventual condena”, sostuvo.
Valerio concluyó que la Resolución núm. 0668-2025-SMDC-02421 fue dictada en violación a la tutela judicial efectiva, al debido proceso y a la neutralidad judicial, por lo que solicitó su revocación total por parte de la Corte de Apelación del Distrito Nacional.