Daños ambientales

No es un secreto para nadie que Haina es un municipio de alto nivel de contaminación; igual sucede con el río Ozama, para limitarnos a uno altamente conocido, dañado y defendido, durante décadas.

Son dos tipos diferentes de contaminación, pero de igual modo dañan el medio ambiente, de manera directa y a terceros, en el caso tanto de Haina, como del río Ozama; y de otros ríos, que sufren igual agresión o están en peores condiciones.

Haina es un municipio que, de manera legal, no tiene dolientes. No hay un procedimiento legal que penalice a los que contaminan, tanto el hábitat como el cauce y las riberas de los ríos.

Hace poco el titular del Ministerio de Medio Ambiente puso el tema de las debilidades que en materia penal tiene la ley 64-00, que no permite sancionar ejemplarmente a toda persona o empresa que dañe intencionalmente, porque no invierten en un plan efectivo para el manejo de los desechos sólidos.

En el caso de la Ley sobre Medio Ambiente, como tiene fallas de origen, corresponde al Ministerio de Medio Ambiente, mientras se modifica vía el Congreso Nacional, tomar las medidas administrativas que considere correspondientes, siempre en beneficio de la población de Haina y los asentamientos en las riberas de los ríos, porque se trata de sectores que cada día son dramáticamente perjudicados por los vacíos que contienen esta y otras leyes conexas que deben defenderlos.