Cuentas de clientes fallecidos superan las 123 mil en bancos múltiples
Más de 123 mil cuentas bancarias pertenecientes a clientes fallecidos permanecen restringidas en los bancos múltiples de la República Dominicana, según datos recientes de la Asociación de Bancos Múltiples (ABA).
En la banca múltiple hay un total de 123,555 cuentas asociadas a personas fallecidas, lo que representa el 1.31% del total de cuentas del sistema, que asciende a 9,461,368.
En términos monetarios, los recursos depositados en estas cuentas suman RD$ 9,593.7 millones, equivalentes al 0.36% del total de captaciones de la banca múltiple, que alcanza los RD$ 2.65 billones.
Estas cuentas están restringidas o congeladas por esas entidades de intermediación financiera hasta tanto los familiares completen los requisitos legales para acceder a esos fondos, de acuerdo con Junil Fermín, directora legal de la Asociación de Bancos Múltiples (ABA).

Fermín ofreció esos detalles durante un encuentro con en el que participaron Manuel González, director técnico, y Lidia Oreña, gerente senior de regulación . Detalló que los pasos para reclamar los fondos son diversos y serán tan rápidos como los herederos o beneficiarios del fallecido agilicen y entreguen los papeles que avalen su vínculo con el propietario de la cuenta, tanto a la Dirección de Impuestos Internos como a los bancos.
En ese sentido, la banca reconoce que esos procesos son tediosos y, en algunos casos, algunos familiares optan por no acceder a los fondos en vista de que tienen que realizar un largo proceso burocrático.
En ese tenor, proponen estandarizar y simplificar los procesos de solicitud de fondos a los familiares del fallecido, ya que la normativa actual establece la entrega individual a cada banco de las documentaciones requeridas.
Sugieren qué se entregue una sola acta en vez de tener que entregar diversas una acta de defunción, nacimiento de familiares vinculados y otros requisitos, que una valga por todos.
¿Cómo acceder a los fondos de un familiar fallecido en el banco?
Luego del fallecimiento de un cliente bancario, los familiares tienen derecho a acceder a los fondos que este dejó en sus cuentas. Sin embargo, el proceso está regulado por normativas legales y fiscales que deben cumplirse.
Se detalla que cuando una entidad financiera se entera del fallecimiento de un cliente, procede de inmediato a bloquear sus cuentas.
Este bloqueo evita movimientos no autorizados y protege los fondos hasta que sean reclamados por los herederos legítimos. Durante este tiempo, no se generan cargos ni comisiones, aunque sí pueden acumularse intereses en cuentas de ahorro o plazos fijos.
Si los familiares no saben en qué bancos el fallecido tenía cuentas, pueden hacer uso del servicio de “Solicitud de Información Financiera” ofrecido por ProUsuario, dependencia de la Superintendencia de Bancos.
Este trámite se realiza en línea, presentando ciertos documentos que acrediten el vínculo con el fallecido. También se puede solicitar directamente a una entidad financiera si ya se conoce que el difunto era cliente.
Una vez tramitada la solicitud, la entidad financiera o ProUsuario entrega una certificación de los productos financieros activos, necesaria para iniciar el proceso de sucesión fiscal ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).
Luego, con la certificación, los herederos deben acudir a la DGII para realizar la liquidación de impuestos por sucesión. Este paso es obligatorio antes de que se pueda liberar cualquier fondo.
Después de completar la parte fiscal, los familiares deben entregar a la entidad financiera toda la documentación original requerida. Una vez verificado todo, el banco procede a entregar los fondos.
Las entidades financieras deben esperar que se agoten los trámites legales y fiscales correspondientes antes de entregar los fondos. Esto incluye verificar que los sucesores estén debidamente acreditados y que la documentación legal esté en orden, según lo establece la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).
Las entidades tienen la obligación de no realizar pagos erróneos, ya que existe la máxima: «quien paga mal, paga dos veces», dijo.
Además, podrían enfrentar acciones legales si entregan fondos a personas no autorizadas.
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Dilenni Bonilla
Periodista egresada de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD), con diplomados en Comunicación Estratégica, Economía, Finanzas y Fondos de Pensiones.