¿Cuánto vale una vida? La tragedia del Jet Set reabre el debate sobre indemnización por muerte en RD

Santo Domingo.- La vida humana no tiene precio. Esa es una de las afirmaciones más repetidas en discursos públicos, obituarios y declaraciones de principios. Sin embargo, cuando una muerte llega a los tribunales por causas atribuibles a terceros, el sistema judicial se ve en la obligación de fijarle un valor económico.
Y en República Dominicana ese cálculo ha vuelto al centro del debate tras la tragedia ocurrida en la discoteca Jet Set, donde 236 personas perdieron la vida luego del colapso del techo durante una fiesta y que ha derivado en decenas de demandas por parte de los familiares de las víctimas mortales en busca de indemnización.
Cada caso es tan diferente como la historia de cada persona y hay elementos humanos y económicos muy diferenciadores.

En justicia, aunque suene duro, no todas las vidas tienen el mismo valor material porque el juez se ve en la obligación de evaluar una serie de parámetros a la hora de fijar un monto de la indemnización en la sentencia.
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El jurista Carlos Salcedo explica que en República Dominicana no hay parámetros preestablecidos, pero que los jueces suelen tomar en consideración una serie de elementos que van desde el daño material que emerge de la situación que provocó la muerte (atención médica previa o funerales), el daño del lucro cesante (los ingresos que pudo haber generado la víctima en beneficio de sus familiares) y el daño moral.
Las muertes, sean voluntarias o involuntarias, tienen un impacto económico en el entorno familiar de la víctima, sin mencionar el incuestionable impacto emocional.

En el caso de Jet Set, más allá del duelo y del impacto social, los familiares de las víctimas han iniciado procesos judiciales en busca de indemnización.
Esto obliga al sistema de justicia a determinar cuánto vale una vida perdida por causa atribuible a negligencia, imprudencia o responsabilidad civil de terceros.
Numerosos abogados consultados han coincidido en señalar la discrecionalidad que hay en torno a los montos de las indemnizaciones, señalando que son contados los casos que salen del rango de un millón a cinco millones de pesos.

Uno de los más activos abogados penales del país, Carlos Balcácer, dio la clarinada antes del alud de demandas, cuando señaló que más allá de las emociones, en justicia la vida perdida tiene un precio y que difícilmente supere los cinco millones de pesos a partir de los antecedentes.
Aunque Carlos Salcedo coincide en esa apreciación, hace la salvedad de que él condujo un caso en Santiago en que la indemnización fue de 20 millones de pesos y que los condenados lograron un acuerdo para pagar unos 12 millones de pesos.
“Pero ciertamente la norma es que no superan los cinco millones”, expresó.
Reiteró que en República Dominicana no existe una tabla específica o fija que determine el valor monetario por una muerte.
Los jueces aplican criterios como la edad de la víctima, su nivel de ingresos, su expectativa de vida laboral, el número de dependientes económicos, y el nivel de dolor y sufrimiento causado a los familiares.
Estos elementos son evaluados conforme al Código Civil dominicano, particularmente en lo relativo a la responsabilidad civil por daños y perjuicios (artículos 1382 y siguientes).
La indemnización por muerte depende mucho del perfil de la víctima. En el caso de Jet Set, los montos podrían tomar en cuenta el impacto colectivo, la magnitud de la tragedia y la responsabilidad de los dueños del establecimiento.

EE. UU. y Europa, parámetros
En países como Francia, España y Alemania, existen parámetros médicos y judiciales que orientan las indemnizaciones por muerte o lesiones.
Por ejemplo, en España, por accidente de tránsito se establecen valores de referencia según la edad de la víctima, sus ingresos y el parentesco con los reclamantes. Una vida puede valorarse entre 120,000 y 400,000 euros, dependiendo del caso.
En Estados Unidos, el monto de indemnización varía considerablemente según el estado, pero en demandas civiles, especialmente por negligencia médica, accidentes laborales o productos defectuosos, se han otorgado compensaciones millonarias.
Un jurado puede valorar factores emocionales y establecer cifras que superan los 5 o 10 millones de dólares, en función de la capacidad de generación de ingresos de la víctima y el impacto sobre su entorno familiar.
¿Qué ocurre en República Dominicana?
En el caso dominicano, los tribunales tienden a actuar con mayor discrecionalidad y conservadurismo en los montos.
El país no cuenta con un parámetro oficial para lesiones o muertes, como sí ocurre en muchos sistemas europeos.
A pesar de ello, los jueces se valen de peritajes económicos y jurisprudencia previa para establecer un monto indemnizable.
En el contexto de la tragedia de Jet Set, uno de los elementos que influirá en la fijación de los montos será la existencia o no de un acuerdo conciliatorio, como ya se ha reportado en el caso de algunos familiares que habrían aceptado acuerdos extrajudiciales con los propietarios del establecimiento.
Muchas familias entienden que ninguna cantidad puede reparar el vacío de una pérdida humana. Sin embargo, el sistema jurídico está diseñado para ofrecer una forma de compensación material que alivie, al menos en parte, las consecuencias económicas y emocionales.
Este apartado solo implica la muerte, pues paradójicamente fijar un monto de indemnización se complica cuando la persona queda viva, pues el juez debe tomar en consideración muchos otros elementos, como por ejemplo el costo de tratamiento, atenciones médicas previas, pérdida o disminución de su capacidad productiva, efectos emocionales en él y la familia, entre otras.