Cuál es el origen del proyecto de ley de extinción de dominio

Cuál es el origen del proyecto de ley de extinción de dominio

Cuál es el origen del proyecto de ley de extinción de dominio

Senado de La República

Santo Domingo.- La creación de una economía paralela y la sofisticación de los mecanismos de operación del crimen organizado, el cual se ha desarrollado a la par con los avances sociales, ha incidido en que la comunidad internacional decida tomar medidas para frenar su avance.

Entre esas medidas están las leyes en contra del lavado de activos y el combate al narcotráfico.

A través de múltiples acuerdos, los organismos internacionales han logrado que una gran cantidad de países se comprometan con este flagelo a los fines de disminuir su incidencia en los estados y la estela de sangre y miseria que deja a su paso el crimen organizado.

De esos acuerdos internacionales, la República Dominicana es signataria de por lo menos tres de ellos.

Son estos la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas el 20 de diciembre de 1988; la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional y la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción del 2003.

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Cosas en común

Estos tres acuerdos consagran el decomiso definiéndolo de manera idéntica: privación con carácter definitivo de bienes por decisión de un juez.

Los tres resguardan la presunción de inocencia.

Su redacción hace deducir la necesidad de la existencia consagrada de un delito para proceder a la medida accesoria del decomiso..

Resaltan que las figuras sugeridas se definen y se aplican de conformidad al derecho interno de los países.

No obstante, la seriedad de los delitos que cubren, son de carácter vinculante para la República Dominicana, otorgándole al país un margen de apreciación sobre cómo consagrar la figura del decomiso.

Sin embargo, no es de estos acuerdos que surge la extinción de dominio sino de las 40 Recomendaciones del GAFI/FATF que aunque no tienen rango de acuerdo internacional, suelen ser tratadas como patrón.

Son en esencia, los estándares internacionales más reconocidos para combatir el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo (LA/FT).

Sus medidas, la mayoría de las cuales cumple la República Dominicana, “incluyen una serie de medidas financieras, legales y de conducta que los países deben llevar adelante, en su mayoría basadas en instrumentos legales internacionales. Además, se incluyen medidas de cumplimiento para el sector público y privado. Estas Recomendaciones, aumentan la transparencia y habilitan a los países a tomar acciones contra el uso ilícito del sistema financiero” reza el portal web del Gafilat.

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La cuarta de esas recomendaciones se refiere al decomiso y a medidas provisionales.

Consagra que los países consideren la adopción de decomisos sin que se requiera una condena y en la que el sujeto en cuestión, demuestre que su tutoría sobre el bien es lícita.
Hace la salvedad de que la medida se aplique en la medida en que no choque con las leyes internas de los países.

La otra de las recomendaciones del Gafilat es la 38. Indica que los países deben ser capaces de responder a solicitudes de otras naciones a menos que ello no choque con sus leyes locales.

El origen

Estas sugerencias, provocaron que entre los años de 2010 y 2011 juristas de distintos países de la región de Latinoamérica, con asistencia de la ONU y de técnicos de Estados Unidos, Canadá y la Unión Europea, confeccionaran una ley modelo de extinción de dominio.

Pese a que dicho modelo es muy parecido al que fue aprobado por el Senado, establece que se deben garantizar los derechos concebidos en la Constitución y los tratados internacionales, interpretándose de forma armónica con las normas internas.

Esto último, ha sido ampliamente cuestionado en la iniciativa del Senado por considerar que vulnera la constitución y que ha provocado anunciadas modificaciones por la Cámara de Diputados.

Estas consideraciones surgieron de los juristas Pamela de la Rosa y Luis Sousa Duvergé en un taller impartido por la firma de abogados de Eduardo Jorge Prats.



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