Criterio que determina aporte a partidos ha sufrido cambios recurrentes

Criterio que determina aporte a partidos ha sufrido cambios recurrentes

Criterio que determina aporte  a partidos ha sufrido cambios recurrentes

SANTO DOMINGO.- El criterio a utilizar para escoger el porcentaje de votación obtenido por los partidos en las elecciones y por consiguiente, determinar el aporte económico que hace el Estado a los tales, ha sido recurrentemente cambiado.

Recientemente la Junta Central Electoral (JCE) decidió que tomará en cuenta la mayor votación obtenida de manera individual por los partidos en cualesquiera de los niveles de elección del pasado cinco de julio.

La resolución de la JCE surge a raíz de una sentencia del Tribunal Superior Administrativo y es la primera en su tipo.

Instituido por ley

El aporte económico del Estado a los partidos fue instituido con la promulgación de la Ley Electoral 275-97 del 21 de diciembre de 1997 la cual establecía que el 25% de los fondos se dividiría en partes iguales a los partidos o alianzas a los cuales la JCE hubiera aprobado candidaturas.

El 75% restante sería entregado a los partidos, alianzas o coaliciones, tomando en cuenta los resultados obtenidos en las dos últimas elecciones.

La Ley especificaba que elecciones generales incluía las elecciones municipales, congresuales y presidenciales.

Sin embargo, no se tomó en cuenta que tras la firma del pacto por la democracia en 1994, se habían separado las elecciones congresuales y municipales de las presidenciales con lo cual, el país realizaba certámenes electorales cada dos años.

Fue así como en las congresuales y municipales de 1998, la JCE tomó en cuenta los resultados electorales obtenidos por los partidos en el nivel presidencial del 1996; en el año 2000 varió el criterio para tomar en consideración la mayor votación obtenida en el nivel congresual o municipal y en el 2002 retomó el nivel presidencial. Posteriormente hizo lo propio en las elecciones presidenciales del año 2004 en las que solo fue tomado en cuenta el nivel congresual.

Modificación

La Ley Electoral fue modificada parcialmente en el año 2005 el criterio de distribución porcentual.

En lo adelante el 80 % de los fondos se entregarían entre los partidos que hubieran obtenido más del 5 % de los votos, el 12 % a los que hubieran logrado más de un 1 % así como el 8 % restante, exceptuando de este último monto, a los partidos de nuevo reconocimiento. Dado que las circunstancias eran las mismas, las variaciones continuaron en los siguientes siete procesos electorales.

En los comicios presidenciales de 2008 y de 2012 la Junta Central Electoral tomó en consideración el promedio de los votos obtenidos por los partidos políticos en las elecciones congresuales y municipales previas a dicha elección y en 2016, el nivel presidencial.



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