WASHINGTON. — La Corte Suprema de Estados Unidos le ha facilitado al gobierno la deportación o expulsión de personas que no tienen la ciudadanía si han sido condenadas por delitos estatales aparentemente menores.
Tras una votación de 5 a 3 el jueves, la corte resolvió que a un dominicano que vivió en Nueva York durante 23 años como residente permanente legal se le puede prohibir el reingreso al país debido a una condena en 1999 por intento de incendio malicioso.
George Luna Torres había cumplido un día de cárcel y cinco años de libertad condicional tras declararse culpable en una corte estatal, pero aparte de eso su prontuario estaba limpio desde que sus padres lo trajeron de la República Dominicana en 1983.
Sin embargo, el gobierno argumentó que la condena equivalía a un crimen con agravantes a los efectos de la ley de inmigración. Bajo la ley de inmigración se puede deportar o negarle el ingreso a un residente permanente legal condenado por un delito con agravantes.
Estos incluyen ciertos delitos federales además de infracciones estatales que comparten los mismos elementos.
Luna sostuvo que el delito federal de incendio intencional es distinto de la versión estatal porque debe incluir comercio interestatal.
En nombre de la corte, la jueza Elena Kagan dijo que basta una diferencia técnica, no una distinción significativa, para darle al Congreso la autoridad sobre los delitos de incendio.
Dijo que el argumento de Luna impediría que delitos más graves como el secuestro afectaran el estatus inmigratorio por el simple hecho de que el secuestrador no cruzó un límite estatal.
“El carácter nacional, local o extranjero no afecta el hecho de si es lo suficientemente grave para justificar la expulsión automática de un extranjero”, dijo Kagan.
En su disenso, la jueza Sonia Sotomayor dijo que la mayoría pasaba por alto una interpretación textual estricta de la ley federal que incluye el comercio interestatal como parte del delito.