Corte aplaza apelación de condenado a 20 años; defensa denuncia prescripción y prueba falsificada

  • La defensa alega que la acción penal había prescrito antes de que fuera procesado y denuncia el uso de un documento presuntamente falsificado en su contra

Abogado

Santo Domingo. La Tercera Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación de Santo Domingo aplazó para el próximo lunes 23 de noviembre el conocimiento del recurso de apelación interpuesto por César Miguel Trinidad, condenado a 20 años de prisión y al pago de una indemnización de un millón de pesos, en un proceso en el que su defensa alega que la acción penal había prescrito y que se utilizó un documento presuntamente falsificado.

El aplazamiento fue dispuesto por los jueces Darío Gómez, presidente del tribunal, y los magistrados titulares Máximo Santiler y Julia Morfa, a fin de que el condenado sea trasladado a la sala de audiencias para conocer el fondo del recurso y la revisión de la medida de coerción.

Los abogados de la defensa, Manuel García y Andrés Abrincole García, sostienen que su representado debe ser favorecido con la extinción de la acción penal, debido a que, según argumentan, los hechos que se le atribuyen ocurrieron hace aproximadamente 23 años y el plazo de prescripción ya se había cumplido cuando fue procesado.

Los juristas también cuestionan la validez de una prueba documental que, según denuncian, habría sido falsificada y utilizada durante el proceso judicial. El documento, supuestamente remitido al entonces fiscal del Distrito Nacional, Máximo Aristy Caraballo, el 25 de julio de 2022, habría sido suministrado al tribunal por la querellante, Berta Mabel Soto.

De acuerdo con los argumentos de la defensa, esa documentación provendría del Programa de Apoyo a la Investigación y Verificación de Denuncias de Abuso Sexual a Menores de Edad, y habría sido utilizada para sustentar las imputaciones contra Trinidad.

El recurso fue interpuesto contra la Sentencia Penal núm. 54804-2026-SSEN-00161, emitida el 13 de mayo de 2026 por los jueces del Segundo Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Santo Domingo, que lo condenó a 20 años de prisión por alegado abuso sexual y al pago de un millón de pesos de indemnización.

Los abogados alegan que los supuestos hechos ocurrieron en fechas no precisadas entre los años 2000 y 2002, mientras que la denuncia fue presentada en 2024 y el procesamiento judicial se produjo en 2026.

En ese sentido, sostienen que, para la época en que habrían ocurrido los hechos, estaba vigente el Código de Procedimiento Criminal, que establecía un plazo de prescripción de 10 años para los crímenes, por lo que consideran que la acción penal estaba extinguida cuando se inició el proceso.

La defensa solicita a la Corte anular la sentencia condenatoria, declarar extinguida la acción penal por prescripción y ordenar la inmediata puesta en libertad de Trinidad, así como el cese de cualquier medida de coerción y el archivo definitivo del expediente.

De manera subsidiaria, en caso de que los jueces no acojan el planteamiento de prescripción, los juristas piden revocar o anular la sentencia dictada en primera instancia.

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