
La Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia estableció que, conforme al artículo 16 del Código de Trabajo y sus reglamentos, es el empleador quien debe probar en base a registros, planillas, carteles, libro de sueldos y jornales, si la remuneración recibida por un trabajador y la cotización reportada a la Tesorería de la Seguridad Social (TSS), es menor al monto que este alega.
“Es conveniente establecer que corresponde al empleador probar la justa causa del despido; la prueba de la justa causa del despido debe ser aportada en cada instancia, esto es, ante la jurisdicción de primer grado y a nivel de apelación”, enfatiza la decisión.
