Comisión Electoral del PRD publica el reglamento para elegir sus autoridades

Comisión Electoral del PRD publica el reglamento para elegir sus autoridades

Comisión Electoral del  PRD publica el reglamento para elegir sus autoridades

Santo Domingo. – La comisión Nacional de Elecciones Internas del Partido Revolucionario Dominicano (PRD) publicó la modalidad, requisitos y plazos para el registro de presentación de candidaturas para elegir las autoridades nacionales de ese partido, atendiendo al mandato que le confieren la ley de Partidos, de Régimen Electoral, y los estatutos Generales aprobados en la XXXV Convención Nacional de Delegados del pasado 14 de mayo.

De igual manera, reiteró la convocatoria de la Trigésima Sexta Convención Nacional Ordinaria para el sábado 25 de mayo; a las 8:00 am; en el palacio de Voleibol del Centro Olímpico Juan Pablo Duarte, donde serán electas las autoridades nacionales del PRD, para los próximos cuatro años.

La Comisión de Elecciones Internas, presidida por Janet Camilo, es el órgano encargado de normar, reglamentar, planificar y ejecutar todo lo relativo a los procesos convencionales ya sean éstos ordinarios o extraordinarios, y está compuesta por trece miembros.

El Reglamento fue elaborado por esa comisión, en su reunión del lunes 13 de mayo, sometido y aprobado en la Comisión Política del 14 de mayo; organismo competente para determinarlo según los estatutos de la entidad política.

Basado en estos Reglamentos se dieron a conocer la modalidad, requisitos y plazos para aquellas personas, con calidades y cualidades, interesadas en presentar candidaturas a cargos de dirección nacional dentro del PRD. El reglamento se encuentra publicado en la página Web del partido blanco (www.prd.org.do), donde puede ser consultado por todos los interesados.

El órgano elector interno precisó, que la elección de estas autoridades será “mediante presentación de candidaturas plurinominales para las posiciones de: Presidente, Secretario General y Secretario de Organización conforme lo establecido en los artículos 14, 21, 22, 149 y 150 en su literal C del Estatuto partidario.

Explican que se consideran delegados, según el artículo 14 del estatuto vigentes, entre otros, los dirigentes que desempeñan posiciones de mando ejecutivo en los niveles superior e intermedio en la organización

En tanto, el artículo 21 consigna que la Convención Nacional está integrada además de los miembros del Comité Ejecutivo Nacional, los presidentes de los Comités Provinciales, los presidentes, secretario general, secretario de organización, secretario de asuntos electorales, secretario de educación, secretaria de la mujer, secretario de la juventud de cada Comité Municipal.

De igual forma, por el presidente y el secretario General de cada Comité de Distrito Municipal, el presidente y el secretario General de cada Comité de Circunscripción Electoral, el presidente y el secretario General de cada Comité de Seccional en el Exterior, el presidente, el secretario General y el secretario de Organización de cada Frente de masa, el Presidente y Vicepresidente de la República, Senadores, Diputados y Diputados al Parlacen, Alcaldes, Vicealcaldes y Concejales, Directores de Distrito Municipal y Vocales que pertenezcan al Partido.

El referido reglamento establece que, dentro de los derechos, requisitos y plazos para presentar candidaturas de dirección nacional, “todo militante y/o dirigente del PRD, debidamente acreditado está habilitado para ejercer su derecho a ser elegible a cualquiera de los puestos dirigenciales a ser escogidos por la XXXVI Convención Nacional, en cumplimiento del Estatuto General del partido y el presente Reglamento”.

Señala, que quienes aspiran a los cargos de Presidente, Secretario General, y Secretario de Organización; deberán cumplir con los siguientes requisitos: Estar en pleno disfrute de sus derechos civiles y políticos; cumplir con el tiempo de militancia establecido en los Estatutos; no estar sometido a proceso disciplinario en el Partido; ser una persona reconocida por su probada honestidad, moralidad, capacidad de trabajo y lealtad al Partido; no estar condenado por crímenes y delitos que conllevan pérdida o suspensión de derechos civiles y políticos y presentar certificación de la secretaria Nacional de Organización donde conste que su condición de militante o dirigente del Partido.

Asimismo, deberán depositar una solicitud de Registro de Candidaturas, cuyo expediente debe contener lo siguiente: Carta de presentación de la plancha propuesta para los cargos de Presidente, Secretario General y Secretario de Organización, firmada de puño y letra por cada uno de los candidatos propuestos en la que manifiesten que otorgan su consentimiento para participar en una plancha junto a sus compañeros candidatos en la misma plancha.

También, copia de la cédula de identidad y electoral de cada integrante de la plancha; documento con los objetivos que pretende lograr para el Partido y el país, desde la posición a que aspira; y carta de referencia personal de un Comité o Frente de Masas Provincial, Municipal, o una Secretaría y Departamento del Partido.

El plazo para la presentación de candidaturas se abre el día 20 de Mayo a las 10:00 am; y finaliza el día 25 de mayo a las 08:00 am. Dicho proceso se llevará a efecto en la Casa Nacional del Partido, en las oficinas de la Secretaria Nacional de Asuntos Electorales. Mientras que el orden de inscripción en que serán presentadas las planchas será el mismo en que se hayan inscrito por ante la Comisión de Elecciones Internas.

Subrayan, que el periodo para el cual serán electos es de 4 años, contados a partir del sábado 25 de mayo del 2019.



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