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Código penal y la dócil autoridad

Cualquier reforma del código penal de una nación es un acto político. Se puede pasar de mover calificaciones penales, a modo de adicionar nuevos ilícitos, pasando por introducir un verdadero cambio del modelo de política criminal (lo cual es muy conveniente), hasta convertir el anterior código penal en una perdición final.

Reformar un código penal implica modificar total o parcialmente el conjunto de normas legales que definen los delitos y establecer las penas correspondientes en un país o jurisdicción. Este proceso suele seguir pasos legales y políticos bien definidos.

En todo caso, se ejerce una forma de control o de violencia social de parte de los roles de las autoridades, la cual puede llegar a convertir en una forma de “servidumbre mental”, a la ciudadanía, que siente –aunque a no pueda explicarlo–, que vivirá en una falsa protección del Estado, quien refuerza un sistema de opresión hacia los más débiles.

La importancia del código penal no consiste en decir que, jerárquicamente, es la segunda ley después de la Constitución, dentro del derecho penal, dentro del sistema de protección jurídica de derechos fundamentales, y dentro del orden social establecido por el Estado.

La importancia del código penal, amén de ser la herramienta legítima de control social, radica en no atribuir una “potencia irreal” autoritaria al pretender aumentar, tipificar y eliminar artículos obsoletos que violan los derechos humanos.

Quienes reformaron el Código Penal dominicano lo convirtieron en un tigre de papel, no para producir un “impacto” electoral, sino simbólico. Las garras de este tigre pueden ser muy asesinas, y si es una amenaza, esta llegará demasiado pronto a la yugular de la población. Los legisladores, la clase política, empresarial, pero sobre todo el Gobierno, reflejaron sus ideologías y valores que resultaron ser muy contraproducentes, y esto ya lo convierte en un proceso político por naturaleza.

Hubo un tiempo en que la vida social se fundamentaba de manera absoluta en la autoridad política, cuya función era mantener el orden público.

Roma fue depravada, pero también fue una república, se apoyaba en el Senado, que era la autoridad de la plebe, con o sin sufragio universal. Si el nuevo Código Penal, ya promulgado, no amplía la libertad y la seguridad de los ciudadanos dominicanos, debió permitírsele acudir al referéndum.

Las autoridades dominicanas las veo pocos hábiles para los asuntos de construcción de ciudadanía. Aprobar un código penal así es una forma de poner en ejecución las amenazas contra un pueblo que no puede dar crédito a las inobservancias de necesidades mal o no atendidas, tan inherentes a la realidad que vive en el país en el presente, como en el resto de la humanidad.

La reforma de un código penal es una reforma a la vida común. Las dóciles autoridades pueden llegar a suprimir los cimientos de nuestra república, la justicia y el bien común y el progreso de la nación.

A partir del momento en que éste va a ser aplicado y los delitos cometidos deberán empezar a juzgarse con base en el nuevo texto legal, caso por caso, consideramos que conviene designar por decreto un equipo de juristas y especialistas para la realización de ajustes al nuevo Código Penal, para incluir mejoras a la reforma aprobadas por el legislador.

La forma recomendada es a través de talleres participativos de la sociedad abierta. En ese tiempo, se puede formar a la ciudadanía. Ahora se verá con más claridad que reforma hemos hecho: ¿Estado punitivo o Estado penal?

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