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Código Penal tipifica 3 formas de feminicidio y endurece las penas

Los feminicidio íntimo siguen siendo un tema de preocupación en el país. Fuente externa
📷 Los feminicidio íntimo siguen siendo un tema de preocupación en el país. Fuente externa

El nuevo Código Penal tipifica contempla sanciones que hasta los 40 años de prisión, dependiendo de las circunstancias del crimen.

Santo Domingo.- Penas de entre 30 y 40 años de prisión mayor, además de multas que oscilan entre 50 y 1,000 salarios mínimos del sector público, son las sanciones contempladas en el nuevo Código Penal de la República Dominicana, aprobado esta semana por el Congreso Nacional.

El artículo 93 del nuevo código define el feminicidio como “el hecho que cause la muerte de una mujer en razón de ser mujer”, sin importar su edad, la relación con el agresor o el lugar donde ocurra el hecho.

En tanto, el artículo 94 establece el feminicidio agravado, con una pena fija de 40 años de prisión y una multa de 1,000 salarios mínimos, cuando se verifiquen circunstancias como que la víctima sea niña, adolescente, envejeciente o discapacitada, o que el crimen se cometa frente a familiares o menores.

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Congreso Nacional de la República. Fuente externa

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También se considerará agravado cuando exista una relación de poder, sentimental o laboral entre víctima y victimario; si la mujer se encontraba embarazada; o si el hecho presenta signos de ensañamiento, violencia sexual, mutilación, necrofilia o exposición del cuerpo en espacios públicos.

Por otro lado, el artículo 95 introduce una figura novedosa: el feminicidio conexo, aplicable cuando una mujer es asesinada en un contexto de violencia de género, aunque no haya sido el objetivo principal del agresor.

Esta modalidad conlleva una pena de entre 20 y 30 años de prisión mayor, y una multa de entre 30 y 40 salarios mínimos del sector público.

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