Código Penal castiga con hasta 40 años el espionaje contra el Estado

Estas disposiciones forman parte del nuevo marco legal que busca fortalecer la seguridad del Estado y responder a las amenazas del siglo XXI.
Santo Domingo. – El nuevo Código Penal de República Dominicana, recientemente aprobado en el Congreso Nacional y promulgado por el presidente Luis Abinader, introduce penas severas para quienes atenten contra la seguridad nacional a través de actos de espionaje o sabotaje.
En el artículo 377, la ley tipifica el espionaje como el acto de proporcionar, de manera encubierta y sistemática, información o documentos de carácter confidencial o que comprometan los intereses fundamentales de la nación o la seguridad del Estado.
También se incluye dentro del delito mantener vínculos con servicios de inteligencia de otra nación, empresa u organización extranjera o bajo control extranjero.
Esta infracción será castigada con penas de 20 a 30 años de prisión mayor, además de una multa de 30 a 40 salarios mínimos del sector público.
Lea también: Código incorpora los delitos sicariato y el feminicidio con penas severas
El artículo 378 contempla una agravante: si como consecuencia del espionaje se producen hostilidades o actos de agresión contra la República Dominicana, la pena se eleva a 30 a 40 años de prisión mayor y multas que van desde 50 hasta 1,000 salarios mínimos del sector público.
Las mismas sanciones aplicarán para quienes faciliten a naciones o entidades extranjeras los medios o recursos para ejecutar estos actos contra el país.
En cuanto al sabotaje, el artículo 379 sanciona con 20 años de prisión a quien destruya, deteriore o desvíe edificaciones, documentos o materiales estratégicos, o proporcione información falsa que perjudique los intereses fundamentales de la nación.