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Código incorpora los delitos sicariato y el feminicidio con penas severas

El nuevo Código Penal  fue aprobado en medio de  intensos debates en las cámaras legislativas.
📷 El nuevo Código Penal fue aprobado en medio de intensos debates en las cámaras legislativas.

Motoristas que causen muertes o lesiones por calibrar o en carreras clandestinas, tendrán penas de hasta 20 años. Feminicidio tendrá de entre 30 y 40 años.

Santo Domingo.-El nuevo Código Penal de República Dominicana, aprobado la semana pasada por el Congreso Nacional, contempla sanciones más severas para los delitos más graves que atentan contra la vida, la integridad física y la seguridad pública, con penas que oscilan entre 20 y 40 años de prisión, además de multas en salarios mínimos del sector público.

Uno de los puntos más destacados del nuevo marco legal es la tipificación del feminicidio, abordado en el artículo 93, que lo define como “el hecho que cause la muerte de una mujer en razón de ser mujer”, sin importar su edad, la relación con el agresor o el lugar donde ocurra el hecho.

Esta figura contempla penas de entre 30 y 40 años de prisión mayor, además de multas que van desde 50 hasta 1,000 salarios mínimos del sector público.

El feminicidio agravado, según el artículo 94, se sancionará con una pena fija de 40 años de prisión y una multa de 1,000 salarios mínimos cuando concurran circunstancias específicas.

Entre los agravantes están que la víctima sea una niña, adolescente, envejeciente o persona con discapacidad; que el crimen ocurra frente a familiares o menores de edad; que exista una relación de poder, laboral o sentimental entre víctima y victimario; o que la mujer estuviera embarazada.

También se agrava si el hecho presenta signos de ensañamiento, violencia sexual, mutilación, necrofilia o exposición del cuerpo en espacios públicos.

Por otro lado, el artículo 95 introduce una nueva figura penal: el feminicidio conexo, aplicable cuando una mujer es asesinada en un contexto de violencia de género, aunque no haya sido el objetivo principal del agresor. Esta modalidad conlleva penas de entre 20 y 30 años de prisión mayor, y multas de entre 30 y 40 salarios mínimos del sector público.

Sicariato
El nuevo Código Penal también define con claridad el tipo penal del sicariato con sanciones que pueden alcanzar hasta 40 años de prisión.

Según el artículo 98, se considera sicariato a quien planifique, encargue, ordene o ejecute, de manera directa o indirecta, un asesinato a cambio de una remuneración o promesa de pago.

Esta conducta será sancionada con penas de entre 30 y 40 años de prisión mayor, y multas que oscilan entre 50 y 1,000 salarios mínimos del sector público.

Envenenamiento
De igual manera, el artículo 99 penaliza el envenenamiento, definido como el acto de atentar contra la vida de una persona mediante la administración o uso de sustancias tóxicas o no tóxicas que puedan causar la muerte, sin importar su estado físico (líquido, sólido o gaseoso) ni la forma de aplicación. Las penas también oscilan entre 30 y 40 años de prisión mayor, con multas entre 50 y 1,000 salarios mínimos.

Los motoristas
En materia de seguridad vial, el nuevo Código Penal incluye disposiciones específicas para castigar con severidad a quienes provoquen muertes mediante el uso de vehículos de motor en carreras ilegales, acrobacias conocidas como “calibrado” o competencias no autorizadas en las vías públicas.

El artículo 113 establece que si como resultado de estas actividades muere una o más personas, los responsables enfrentarán penas de hasta 20 años de prisión y multas de entre 20 y 30 salarios mínimos del sector público.

En casos donde no haya fallecimientos, pero sí mutilaciones o incapacidades permanentes, se impondrán penas de 5 a 10 años de prisión y multas de entre 10 y 20 salarios mínimos. Si el hecho resulta en golpes o heridas, la pena será de entre 2 y 3 años de prisión, con multas que van de 9 a 15 salarios mínimos.

La inclusión de este artículo responde a la creciente preocupación social por el auge de las denominadas “carreras de la muerte”, actividades ilegales que se realizan en avenidas y carreteras del país, muchas veces organizadas a través de redes sociales y con alta participación de jóvenes.

Combate delitos
Con este conjunto de reformas, el nuevo Código Penal busca combatir con mayor firmeza los delitos que ponen en riesgo la vida y la seguridad ciudadana, enviando un mensaje claro sobre la intolerancia del Estado dominicano frente a las conductas criminales más graves.

Más de dos décadas
En una jornada legislativa cargada de simbolismo, marcada por el paso firme hacia una reforma esperada por más de 20 años, el Senado de la República aprobó el pasado jueves el nuevo Código Penal durante una legislatura extraordinaria convocada por el presidente Luis Abinader y que concluye este martes.

En la madrugada había sido aprobado por la Cámara de Diputados en una jornada que se extendió hasta después de las 3:00 de la madrugada.

Contra el código

—Tres causales
Diversos sectores y personas se han expresado en contra del Código Penal, considerándolo como un retroceso, debido a que no fueron incluidas las tres causales, además de otros temas que han sido criticados.

Abinader cierra ciclo al promulgarlo
Decisión. El presidente Luis Abinader promulgó ayer el Código Penal, poniendo fin a un proceso de discusión de más de 20 años y permite sustituir una pieza que fue incorporada a la legislación dominicana en 1884.

La pieza legislativa había sido aprobado por el Congreso Nacional el pasado jueves y el viernes fue enviado al Poder Ejecutivo, que tenía la opción de promulgarlo, como efectivamente hizo, u observarlo.

Esta es la cuarta vez que el Congreso aprueba el Código Penal, pero en las ocasiones anteriores había sido observado tanto por los entonces presidentes Leonel Fernández como Danilo Medina.

La propia pieza legislativa establece que entrará en vigencia en un año luego de su promulgación por el Ejecutivo.

*Por Carlos Canario/ P. Jiménez

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