A más de tres semanas de que el Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) decidiera confirmar a cinco jueces de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) por un nuevo período de siete años, todavía no ha sido publicada el acta correspondiente a esa sesión con los detalles de las votaciones realizadas durante las deliberaciones.
La decisión fue adoptada la noche del pasado 8 de septiembre y dada a conocer públicamente el día 9, cuando el CNM informó la confirmación de los magistrados Justiniano Montero Montero, Fran Euclides Soto Sánchez, Samuel Amaury Arias Arzeno, Anselmo Alejandro Bello Ferreras y Rafael Vásquez Goico.
En esa oportunidad, Antoliano Peralta, ministro de Justicia y miembro del Consejo Nacional de la Magistratura, informó que posteriormente sería publicada el acta correspondiente, en la que quedarían consignados los detalles de las votaciones realizadas por los integrantes del organismo.
Sin embargo, hasta este 1 de octubre, el documento no figura entre las informaciones localizables en la página web oficial del Consejo Nacional de la Magistratura ni se ha identificado una publicación en su canal de X que dé a conocer el acta o el desglose de los votos emitidos durante aquella sesión.
La publicación del documento permitiría conocer cómo votó cada uno de los integrantes del Consejo en el proceso de evaluación de los siete jueces de la Suprema Corte de Justicia que aspiraban a permanecer en sus cargos.
El CNM decidió confirmar a cinco de los siete magistrados evaluados, mientras que Francisco Antonio Jerez Mena y Vanessa Acosta Peralta no fueron confirmados para un nuevo período.
Con esas dos posiciones se elevaron a seis las vacantes disponibles en la Suprema Corte de Justicia, debido a que previamente existían otras cuatro plazas correspondientes a Luis Henry Molina, Nancy Salcedo Fernández, María Garabito Ramírez y Manuel Ramón Herrera Carbuccia, quienes habían comunicado que no aspiraban a permanecer en sus cargos.
La decisión del Consejo fue adoptada conforme a las atribuciones establecidas en el artículo 179 de la Constitución de la República, el artículo 3 de la Ley 138-11 y el Reglamento 2-25, que establece los criterios para la evaluación del desempeño de los jueces de la Suprema Corte.
Hasta el momento, permanece pendiente la publicación del acta anunciada tras aquella reunión, documento que permitiría conocer de manera detallada el resultado de las votaciones que condujeron a la confirmación de cinco magistrados y a la no confirmación de otros dos.