Cuando en el país se debatió la reforma procesal penal, el papel de la Policía Nacional en el sistema de justicia penal fue uno de los temas de mayor interés.
El propósito fue armonizar las acciones policiales con la necesidad del sistema de justicia. Esto así, porque la lógica de la Policía y la de los tribunales suelen ser disímiles, en detrimento de la capacidad de ambos para cumplir su función.
Mientras que los tribunales procuran decidir si procede sancionar a una persona por la comisión de un ilícito, la Policía es responsable de evitar que el delito se cometa o detener a los responsables una vez lo han cometido. En muchas ocasiones, esto la lleva a una visión del corto plazo, según la cual su intervención es únicamente importante para eliminar la acción ilícita, dejando el resto del proceso a otros actores del sistema de justicia.
Pero no es así, y no puede serlo porque el proceso penal empieza con la acción policial y si esta se tuerce en el origen es muy difícil que pueda ser enderezada. El proceso penal es una línea única y continua. De ahí que, para garantizar que llegue a un buen final, las actuaciones deben ser regulares desde el inicio.
En el país nos encontramos con una práctica muy común antes de la reforma procesal penal y que ahora la Policía parece empeñada en revivir: la presentación ante los medios de los detenidos esposados, como si estuviéramos en el Viejo Oeste. Esto es circo, no contribuye a la seguridad ciudadana.
La Policía debe saber que hacer esto es ilegal. El artículo 95.8 del Código de Procedimiento Penal es tajante en este sentido, prohibiendo que se exhiba al detenido en forma que lesione su derecho al honor o le exponga a peligro; establece asimismo la posibilidad de nulidad de actuaciones judiciales que se hayan fundamentado en esta práctica.
Es inútil a estas alturas discutir si los imputados o detenidos tienen derecho al honor.
El Tribunal Constitucional ha respondido afirmativamente a esta pregunta. De ahí que la Policía debe abandonar una práctica que vulnera las leyes que está llamada a proteger y que, además, dificulta el trabajo del Ministerio Público y los tribunales. Si se dice que se protege la ley y el orden, debe cumplirse la ley y hacer las cosas con orden.