Santo Domingo. Las plataformas digitales y las redes sociales se han convertido en herramientas indispensables para comprar, vender, comunicarse y realizar transacciones. Sin embargo, ese mismo escenario también ha abierto nuevas oportunidades para los ciberdelincuentes, quienes recurren cada vez más a mecanismos de engaño que combinan ingeniería social, suplantación de identidad y manipulación de las víctimas.
Entre las principales modalidades delictivas en plataformas digitales figuran el fraude bancario, la extorsión digital, el robo o usurpación de identidad, el hackeo de cuentas y aplicaciones de mensajería, el phishing, las estafas en línea, el ransomware y la sextorsión.
Pero existe otra modalidad que puede parecer, a primera vista, una simple estafa de compraventa y que, sin embargo, puede desencadenar consecuencias mucho más graves: la estafa triangular.
El caso que involucra a Emmanuel Contreras Medina, quien resultó gravemente herido y posteriormente murió, pone de manifiesto hasta dónde puede escalar este tipo de fraude digital cuando la manipulación de una transacción realizada a través de Marketplace termina trasladándose al mundo físico.
El engaño detrás de una aparente venta de iPhone
La mecánica de la estafa triangular en Marketplace es relativamente sencilla. El delincuente localiza un producto legítimo publicado por su verdadero propietario en una plataforma de compraventa, toma sus fotografías, copia sus características y crea una nueva oferta, generalmente con un precio considerablemente menor, para atraer rápidamente a posibles compradores.

El comprador cree estar negociando directamente con el propietario del artículo. Sin embargo, en realidad está tratando con un tercero que utiliza información, fotografías y características de una publicación auténtica para concretar una operación fraudulenta.
Eso es, precisamente, lo que, según la acusación del Ministerio Público, ocurrió en el caso de Emmanuel Contreras Medina.
El expediente establece que Lenin Jhericop Núñez de León había publicado en Marketplace la venta de un iPhone 15 Pro Max de 256 GB por RD$35,000, publicación que posteriormente habría llamado la atención de Joan Manuel Jiménez Medina, quien supuestamente manifestó interés en adquirir el equipo.
De acuerdo con la acusación, Joan Manuel Jiménez Medina habría tomado las fotografías y las características del teléfono y las habría utilizado para ofrecer el mismo dispositivo a Emmanuel Contreras Medina por RD$15,000, haciéndose pasar por el vendedor.
La diferencia de precio habría sido uno de los elementos utilizados para atraer a la víctima y concretar la estafa mediante Marketplace. Es por esto que Contreras, creyendo que negociaba legítimamente la compra del teléfono, habría realizado una transferencia bancaria a Jiménez Medina como pago por el dispositivo, pero el comprador nunca había adquirido realmente el teléfono que estaba pagando.
Según el expediente, después de recibir el dinero de Contreras, Jiménez Medina habría contactado a Núñez de León y le informó que el comprador acudiría a recoger el teléfono y que le entregaría el dinero en efectivo.
La maniobra habría creado así una situación en la que el propietario legítimo del aparato y el comprador defraudado terminaron frente a frente, sin que ninguno de los dos conociera la verdadera operación realizada por el presunto estafador.
Núñez de León habría acordado encontrarse con Contreras en las inmediaciones del estadio de béisbol La Javilla.
Cuando Contreras llegó al lugar, habría entendido que únicamente debía recoger el dispositivo, pues ya había realizado el pago a Jiménez Medina.
El expediente sostiene que Núñez de León le entregó el celular y que Contreras, al tomarlo, se dispuso a marcharse. Sin embargo, al percatarse de que no recibiría el dinero que esperaba, el imputado lo habría cuestionado sobre el supuesto pago.
Fue entonces cuando la estafa digital habría desembocado en un violento enfrentamiento.
De acuerdo con la acusación, Contreras salió corriendo y comenzó a pedir auxilio, alegando que estaba siendo víctima de un robo.
El Ministerio Público sostiene que Núñez de León lo persiguió con un bate mientras le gritaba que era un ladrón. Al alcanzarlo, presuntamente lo golpeó primero en la espalda y posteriormente en la cabeza, provocando que cayera contra el pavimento.
El expediente señala además que, después de que Contreras quedó tendido en el suelo, Núñez de León habría tomado de uno de sus bolsillos el teléfono celular objeto de la transacción.
La agresión, siempre según la acusación, fue observada por testigos y quedó registrada por cámaras de seguridad ubicadas en la zona.
Emmanuel Contreras Medina sufrió lesiones de gravedad y posteriormente murió.
Robo de WhatsApp, phishing y otras trampas digitales
La estafa triangular forma parte de un universo mucho más amplio de delitos cometidos mediante herramientas tecnológicas.
Una de las modalidades más frecuentes es el robo de cuentas de WhatsApp. Los delincuentes utilizan ingeniería social para convencer a la víctima de que comparta el código de verificación que la aplicación envía mediante mensaje de texto.
El atacante, que previamente conoce el número telefónico, intenta activar la cuenta en otro dispositivo y se hace pasar por un familiar, amigo o conocido para solicitar el código. Una vez obtenido, puede tomar control de la cuenta y utilizarla para solicitar dinero, engañar a los contactos o continuar la cadena de fraude digital.
También está el phishing, mediante el cual los delincuentes crean mensajes, correos electrónicos o sitios falsos con apariencia legítima para obtener contraseñas, datos bancarios y otra información confidencial.
A esto se suman las estafas en línea, el robo de identidad y el ransomware, una modalidad en la que programas maliciosos bloquean el acceso a sistemas o cifran archivos para luego exigir dinero a cambio de restablecer el acceso.
La sextorsión: el chantaje detrás de una pantalla
Otra modalidad que ha cobrado notoriedad es la sextorsión, una forma de extorsión digital en la que los delincuentes amenazan con divulgar fotografías o videos de carácter íntimo.
En algunos casos, los extorsionadores utilizan perfiles falsos en redes sociales para ganarse la confianza de sus víctimas y posteriormente inducirlas a realizar actividades sexuales mediante videollamadas o a enviar fotografías y videos.
En otros, basta con conseguir una imagen del rostro de la víctima para realizar montajes con contenido sexual y utilizarlos como mecanismo de presión.
El patrón se repite: primero se establece el contacto, después se obtiene información o material sensible y finalmente se utiliza ese contenido para exigir dinero u otras acciones.
Un delito que cambia con la tecnología
Las distintas modalidades demuestran que el ciberdelito en República Dominicana no se limita al hackeo de sistemas informáticos. En muchos casos, el arma principal del delincuente no es un programa sofisticado, sino la capacidad de manipular psicológicamente a otra persona.
La ingeniería social se encuentra detrás de numerosas estafas: alguien se hace pasar por un familiar, un vendedor, un comprador, una institución bancaria o incluso una persona interesada sentimentalmente en la víctima.
En el caso de la estafa triangular, el delincuente aprovecha además la confianza que generan las plataformas de compraventa entre desconocidos.
Por eso, antes de realizar una compra en redes sociales o plataformas de compraventa, verificar quién ofrece el producto, evitar transferencias anticipadas a terceros, confirmar personalmente la identidad del vendedor y desconfiar de precios considerablemente inferiores al mercado pueden marcar la diferencia entre una transacción legítima y convertirse en el siguiente eslabón de una cadena criminal.
¿Qué dice la ley?
De acuerdo con la Ley 53-07 sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología, establece de manera específica que la estafa realizada mediante medios electrónicos, informáticos, telemáticos o de telecomunicaciones puede ser castigada con penas de tres meses a siete años de prisión, además de multas equivalentes a entre 10 y 500 salarios mínimos.
El artículo 14 de la Ley 53-07 establece penas de tres a diez años de prisión y multas de 100 a 500 salarios mínimos para la obtención de fondos, créditos o valores mediante el constreñimiento del usuario legítimo de un servicio financiero informático, electrónico, telemático o de telecomunicaciones.
Mientras que la realización de transferencias electrónicas de fondos utilizando ilícitamente códigos de acceso u otros mecanismos similares se castiga con uno a cinco años de prisión y multas de dos a 200 salarios mínimos. Otro delito que puede aparecer alrededor de una estafa es el robo de identidad y que es cometido con mucha regularidad en entornos digitales.
La ley castiga a quien se valga de una identidad ajena mediante medios electrónicos con penas de tres meses a siete años de prisión y multas de dos a 200 salarios mínimos.
Las consecuencias pueden ser todavía mayores cuando se produce la clonación de dispositivos de acceso. Si mediante el copiado de códigos se posibilita la realización de transacciones financieras fraudulentas, la pena establecida es de uno a diez años de prisión y multas de dos a 500 salarios mínimos.
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