La JCE comprometió en el pasado a los partidos a respetar las limitaciones previas al período de campaña sin que se logre nada.
SANTO DOMINGO.-Las medidas que regulan lo permitido en la precampaña electoral se han convertido en letra muerta, al igual que como ocurrió con el período previo.
Los aspirantes a puestos electivos, así como los partidos políticos, se han lanzado a las calles con el ímpetu propio de una campaña electoral, sin que hasta la fecha la Junta Central Electoral (JCE) se haya pronunciado.
La ley
Y es que el legislador previó no cargar al ciudadano común con los actos proselitistas limitando dichas prácticas a lo interno de las organizaciones políticas y entre sus partidarios, en los períodos previos al inicio formal de la campaña electoral.
Actualmente y según el artículo 44 de la Ley de Partidos 33-18, no les está permitido ni a precandidatos ni a los partidos la pintura de calles, aceras, contenes, postes del tendido eléctrico, árboles así como cualquier propiedad pública con los colores, emblemas o símbolos del candidato o del partido.
También está prohibido, según el texto legal, los afiches vallas, cruzacalles, calcomanías, adhesivos, distintivos, murales, altoparlantes y cualquier otro medio de publicidad partidaria.
No se permite el uso de pintura o afiches no removibles a menos que sean utilizadas en los locales de los partidos así como la propaganda que se perciba como negativa.
Son prohibidas las propagandas que perjudiquen la estética urbana.
Lo que ha pasado
En la práctica, dichas prohibiciones han quedado de lado reflejándose las violaciones con mayor intensidad en los municipios del Gran Santo Domingo así como en las provincias y municipios del país.
Las marchas caravanas con música a altos volúmenes para llamar la atención son la cotidianidad en sectores populares los fines de semana y dichas actividades, son posteriormente reseñadas por el equipo de comunicaciones de los aspirantes.
La estética urbana igualmente ha sido afectada destacándose en calles y avenidas desde las grandes vallas publicitarias hasta los afiches adheridos a los postes del tendido eléctrico.
En esa cotidianidad también son afectados los intereses de los contrarios a los alcaldes de ciertas demarcaciones a quienes se les eliminan los afiches “porque están prohibidos”, mientras que los de los aspirantes a su favor permanecen.
Violación recurrente
A la fecha nadie ha sido sancionado por incurrir en actos de campaña a destiempo. La JCE hizo varias advertencias en el período previo e incluso intentó regular convocando a los partidos a la firma de un pacto que finalmente ninguno cumplió.
Sanciones
— Unidad
La JCE inauguró una unidad que se encargaría de darle seguimiento a las violaciones de índole administrativo. Las sanciones son pecuniarias con multas para aquellos casos donde se comprueben aportes ilícitos.
Número
38 Entidades reconocidas por la JCE.
Entre partidos y movimientos que procuran el favor del electorado.