Asamblea aprueba régimen de los municipios y le otorga derecho a crear arbitrios
SANTO DOMINGO.-La Asamblea Nacional aprobó hoy el régimen de los municipios y le otorgó el derecho a crear arbitrios siempre y cuando no colidan con la ley.
"Los Ayuntamientos podrán establecer arbitrios en el ámbito que dice la ley, que no colidan con los impuestos fijados por ley, con el comercio, el tránsito intermunicipal y que no sean manifiestamente irrazonables. Corresponde a los tribunales competentes de conformidad con la ley conocer las controversias que surjan en esta materia", dice el párrafo del artículo 181.
"El Gobierno del Distrito Nacional y el de los municipios estarán cada uno a cargo del Ayuntamiento, constituidos por dos órganos complementarios entre sí, el Concejo de Regidores y la Alcaldía. El Concejo de Regidores es un órgano exclusivamente normativo reglamentario y de fiscalización integrado por regidores(as). La Alcaldía es un órgano ejecutivo encabezado por un alcalde o alcaldesa. Los regidores, regidoras, alcaldes o alcaldesas tendrán suplementes. El suplemente de este último se denominará vice alcalde o vice alcaldesa", dice el artículo 182.
La nueva Constitución le llama alcaldes y alcaldesas a los ejecutivos municipales que en la actualidad son conocidos como síndicos o síndicas o vicesíndicos y vicesíndicas.