Arbitrariedad administrativa en estado de emergencia

Arbitrariedad administrativa en estado de emergencia

Arbitrariedad administrativa en estado de emergencia

Nassef Perdomo Cordero, abogado.

El país empieza la desescalada que debe llevarnos a retomar sus actividades productivas en convivencia con el virus que nos ha forzado a mantenernos encerrados durante algo más de dos meses.

Esto quiere decir que las empresas de todo tamaño y tipo reanudarán no sólo sus actividades, sino también sus relaciones con la Administración.

Será un momento delicado puesto que la naturaleza escalonada del proceso traerá mucha confusión respecto de las responsabilidades de los administrados. Seguramente esto generará conflictos entre la Administración y las empresas que se reincorporan a la actividad productiva.

En este contexto, es bueno que los ciudadanos estén conscientes de que nada de lo previsto en las solicitudes de estado de emergencia ni en las autorizaciones que el Congreso otorgó permite concluir que el derecho al debido proceso administrativo está suspendido.

En otras palabras, la Administración no se puede escudar en esta situación excepcional para atropellar a los ciudadanos, que aún en estos momentos tienen vías abiertas para detener los actos de arbitrariedad que puedan producirse en su contra.

Tampoco se suspendió la libertad de empresa, ni el derecho al trabajo. De tal forma que es jurídicamente inaceptable cualquier acción o acto de la administración que afecte esos derechos y que no responda a la necesidad imperiosa de tomar una medida para salvaguardar la salud de la población.

Desde la reforma constitucional de 2010, la regulación de los estados de emergencia deja claro que la limitación de derechos es la excepción y no la regla.

Tomando en cuenta que el estado de emergencia es el menos exigente de los tres estados de excepción previstos en la Constitución, no hay duda alguna de que ningún ciudadano puede ser objeto de imposiciones que lesionen derechos que no han sido objeto de restricción.

os estados de emergencia son útiles porque permiten al Estado tomar medidas necesarias, pero imposibles en un estado de normalidad. Sin embargo, eso no se traduce en una licencia para atropellar. Y menos contra la actividad económica que se ha querido preservar mediante el diseño de la desescalada.



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