Una eventual reforma constitucional se mantiene en el debate público nacional, a pesar del rechazo reiterado de las principales fuerzas políticas de la oposición que la consideran innecesaria e inoportuna.
Los partidos de la Liberación Dominicana (PLD), Revolucionario Dominicano (PRD) y la Fuerza del Pueblo no solo se retiraron de la mesa temática en que se discutía la iniciativa en el Consejo Económico y Social (CES), sino que han advertido que en ninguna circunstancia sus legisladores la ayudarían, en caso de que sea sometida a discusión del Congreso Nacional.
Lo que se desconoce es si el presidente Luis Abinader estaría en disposición de pagar el alto precio que conlleva imponer sin consenso, en medio de la difícil situación en que vive el país.
Existen precedentes en la República Dominicana de que cuando un jefe del Estado ha querido materializar una reforma de esa naturaleza, casi siempre lo ha logrado, aunque la organización política a la que pertenezca no cuente con la mayoría congresual necesaria para su aprobación.
La Carta Magna establece, en el artículo 27,1 el mecanismo: “Para resolver acerca de la reforma propuesta, la Asamblea Nacional Revisora se reunirá dentro de los quince días siguientes a la publicación de la ley que declara la necesidad de la reforma, con la presencia de más de la mitad de los miembros de cada una de las cámaras. Sus decisiones se tomarán por la mayoría de las dos terceras partes de los votos.
No podrá iniciarse la reforma constitucional en caso de vigencia de alguno de los estados de excepción previstos en el artículo 262. Una vez votada y proclamada la reforma por la Asamblea Nacional Revisora, la Constitución será publicada íntegramente con los textos reformados”.
Reformar la Constitución constituye una cuestión seria; no puede ser el deseo de un gobernante o de una agrupación política, ni el deseo particular en una coyuntura determinada Lo ideal es que goce, sino de unanimidad, de por lo menos de un adecuado consenso nacional.
Evidentemente que la iniciativa de reforma constitucional no cuenta con consenso. El oficialista Partido Revolucionario Moderno (PRM) requiere del voto de 34 congresistas de otras fuerzas políticas. Lograrlo, sería bajo cuestionamientos de compra de legisladores, lo cual afectaría la imagen del mandatario, del Gobierno y de la democracia dominicana.
Además, nada está claro acerca del contenido de esta. La oposición duda; y autoridades gubernamentales se limitan a señalar que esa actitud obedece a que no la comprenden en todo el alcance.
En general, cualquier modificación constitucional requiere de ciertos requisitos. En este contexto, destacan el que sea instrumentalizada en un momento de distinción política, tener mayor el respaldo posible y saber qué se reforma, por qué y para qué.
Hay que asumir la política como el espacio público en el que interactúan actores, estructuras y relaciones que regulan permanentemente procedimientos, normas, leyes, instituciones, mandatos y ordenanzas, conformando las relaciones de poder en una sociedad.
Desde el ámbito gubernamental deben tener presente que el sistema democrático, en sentido amplio, consiste en el gobierno, en el que las decisiones sobre la marcha o el destino de la comunidad las toma el pueblo en su conjunto de manera directa, o su mayoría mediante sus representantes libremente elegidos.
Y es por todo esto que la sociedad dominicana se encuentra a la expectativa para observar si el presidente Abinader estaría en disposición de imponer una reforma constitucional que no goza del consenso, y que le exigiría un alto precio político y moral.