¿Diputados a juicio?
El Código Penal de la República Dominicana castiga con prisión de 2 a seis meses e inhabilitación absoluta de uno a cinco años, para cargos y oficios públicos, la coalición de servidores públicos que concierten la ejecución de disposiciones contrarias a las leyes.
Con la aprobación de la Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura (CNM) y la anunciada aprobación de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y Procesos Constitucionales, por mayoría absoluta más de la mitad y no por la mayoría de las dos terceras partes de los presentes, requerida por la Constitución, los Diputados han incurrido y han anunciado que lo harán nuevamente, en la infracción de coalición de funcionarios o empleados públicos.
A esto se añade la falsedad del acta de la sesión, la que no refleja la desaprobación de la ley observada, como apareció en la pantalla del hemiciclo.
Como leyes orgánicas, complementarias de la Constitución, están por encima de las leyes ordinarias y deben ser aprobadas o modificadas con la mayoría calificada del 66% de los miembros presentes de las cámaras legislativas, como dispone el artículo 112 constitucional: ( ) Para su aprobación y modificación requerirán del voto favorable de las dos terceras partes de los presentes en ambas cámaras.
Las observaciones del Presidente de la República a ambas leyes son propuestas de modificación, por lo que, para su aprobación, ameritan del voto especial requerido para las leyes orgánicas, por oposición al régimen de las leyes ordinarias previsto en los artículos 84 y113 de la Constitución.
La trascendencia de ambas leyes de ahí su carácter orgánico -, es incuestionable.
El CNM es un órgano tan especial que es el único donde concurren los tres tradicionales poderes del Estado y elige los integrantes de los tribunales más importantes del país (Tribunal Constitucional, Suprema Corte de Justicia y Tribunal Superior Electoral).
El Tribunal Constitucional, por su parte, velará por la integridad de los derechos fundamentales, la gobernabilidad y la calidad de las leyes.
La interpretación amañada de la Constitución por parte de los diputados constituye un atentado a la Constitución, que la ley penal sanciona drásticamente. El Ministerio Público tiene la palabra.