Poder Ejecutivo prohíbe ventas tierras del CEA mediante decreto

Poder Ejecutivo prohíbe ventas tierras del CEA mediante decreto

Poder Ejecutivo prohíbe ventas tierras del CEA mediante decreto

Santo Domingo.-El Gobierno prohibió, mediante un decreto, la venta, cesión en usufructo, permuta, donación o cualquiera otra operación inmobiliaria de terrenos propiedad del Consejo Estatal del Azúcar (CEA).

Por medio de este mandato se crea la Comisión Evaluadora de los terrenos registrados a nombre de los ingenios azucareros del CEA, la cual estará conformada por Bautista Rojas Gómez, ministro sin cartera, quien la presidirá; el director del CEA, el director del Castatro Nacional, el Contralor General de la República y el director ejecutivo de la Comisión Permanente de la Titulación de Terrenos del Estado.

El presidente Danilo Medina estableció estas medidas para garantizar el aprovechamiento racional y sostenible de los terrenos de esa entidad estatal.

Por lo que es necesario que el uso y el destino de dichos terrenos esté destinado por la naturaleza y las características de los mismos.

Para realizarse cualquier operación con estos terrenos, a partir de ahora, se tendrá que contar con autorización expresa previa del Poder Ejecutivo, según la información difundida por la Presidencia en el Decreto 268-16.

La disposición permitirá destinar los terrenos a proyectos estatales que beneficien a la población dominicana.

El acceso por medios legales, confiables y expeditos a la propiedad inmobiliaria titulada es una prioridad fundamental de las políticas públicas.

En uno de los considerando el decreto establece que: como consecuencia del proceso de transformación social acaecido en la República Dominicana, muchos terrenos originalmente dedicados a la producción azucarera se han convertido en terreno de vocación urbana.

El Estado ha decidido definir y determinar el uso de los terrenos del CEA, así como el destino que se les está dando a los mismos.

Se hará un inventario de los terrenos

La Comisión Evaluadora rendirá un informe sobre el uso de terrenos en un plazo de un año. En el inventario estará determinado si los terrenos están destinados a la explotación azucarera, agrícola, agroindustrial o ganadera.

También este documento deberá contener información sobre las operaciones inmobiliarias realizadas con los terrenos.

Explicar, además, si los terrenos del CEA han sido asignados, cedidos en usufructo, permutados, donados o vendidos. A partir de la publicación del decreto quedaron prohibidas todas las operaciones inmobiliarias de asignación.



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