SANTO DOMINGO.- La Ley de Extinción de Dominio es un hecho. Ahora ha pasado al Poder Ejecutivo, donde no pierde la condición de ley, pero puede ser observada y devuelta a la cámara del Congreso Nacional desde la cual fue recibida.
O puede promulgada, lo que abre escenario: el de los defectos constitucionales con los que puede haber salido de la mano de los legisladores y del Poder Ejecutivo, instancia en la que no se le hacen cambios, pero se “observan” posibles defectos.
Una vez promulgada o puesta en vigencia por la ruta prevista en la Constitución de la República en el caso de que se le deje dormir en el Palacio Nacional, esta norma será siempre pasible de ser llevada ante el Tribunal Constitucional, no porque haya salido con defectos, sino porque fue acerca de los roces, reales o supuestos, con la Carta Sustantiva, en los que se apoyaron la mayoría de las críticas.
De todos modos, en el Constitucional parece improbable que sufra una desarticulación total, si fuere el caso, en vista de la forma en que finalmente fue sancionada por los legisladores de ambas cámaras, con las mayorías previstas para las legislaciones que afectan los derechos fundamentales.
Y a propósito de su aprobación, hicieron bien los diputados, que en vez de pasarse la espera por las discusiones en el Senado de la República rascándose los pies, estuvieron atentos de las discusiones y de los puntos de vistas de los críticos, muchos de ellos abogados constitucionalistas, para hacer, como lo hicieron, un trabajo ágil cuando finalmente el proyecto les llegó de manos de la Cámara Alta.
La afirmación precedente no es una presunción, es un dato confirmado por Pacheco, el presidente de los diputados.