TSE anula resoluciones de la JCE sobre financiamiento y boletas electorales

Santo Domingo. – El Tribunal Superior Electoral (TSE) anuló este lunes dos resoluciones emitidas por la Junta Central Electoral (JCE) relacionadas con la categorización de los partidos políticos y la distribución del financiamiento estatal para el año 2025, tras acoger parcialmente impugnaciones presentadas por Alianza País (ALPAÍS), País Posible (PP) y Dominicanos por el Cambio (DxC).
Las resoluciones anuladas son la núm. 7-2025, que definía la categoría de las organizaciones políticas y su orden numérico en las boletas para las elecciones de 2028, y la núm. 8-2025, que establecía los montos de la contribución económica estatal a las entidades políticas para 2025. Ambas fueron emitidas el 14 de febrero del presente año.
En su fallo, el TSE ordenó a la JCE emitir nuevas resoluciones, tanto sobre la categorización como sobre la distribución del financiamiento público, siguiendo los criterios establecidos por la sentencia de la alta corte.
Aclaración constitucional
En cuanto a la interpretación del artículo 61 de la Ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos, el TSE dictaminó que para ser compatible con la Constitución debe entenderse que:
- El término “última elección” hace referencia al último ciclo electoral completo, incluyendo todos los procesos ordinarios celebrados en un mismo año electoral.
- El numeral 3 del artículo 61 debe interpretarse de manera inclusiva, permitiendo el acceso al 8 % del financiamiento estatal a partidos que, aunque no hayan alcanzado los porcentajes mínimos o no hayan participado en las últimas elecciones, mantienen su personería jurídica o son de nuevo registro electoral.
Los jueces también ratificaron el defecto por falta de comparecencia contra nueve partidos, incluyendo al Partido Demócrata Popular (PDP), Partido Humanista Dominicano (PHD) y Partido Socialista Cristiano (PSC), entre otros. Además, se pronunció el defecto por falta de conclusión contra el Partido Esperanza Democrática (PED).
Asimismo, el TSE admitió las demandas en intervención forzosa presentadas por la JCE contra una amplia lista de partidos, incluyendo al PRM, PLD, FP, PRSC, MODA, OD, PAL, APD y otros, por haber sido interpuestas conforme a las disposiciones legales vigentes.