Con efectividad a este 23 de abril, el presidente Donald Trump emitió una orden presidencial para limitar durante 60 días la aprobación de visas de inmigrantes para algunas categorías. Los principales afectados por esta medida son los familiares de residentes legales permanentes, que tienen cita pendiente para la aprobación de su visa de residencia y los padres, hijos mayores de edad y hermanos de ciudadanos estadounidenses.
La medida no afecta a quienes ya son residentes legales permanentes, a quienes tienen una visa de inmigrante emitida antes del 23 de abril, a los cónyuges e hijos solteros menores de 21 años de ciudadanos estadounidenses, trabajadores especializados solicitantes de visas H y sus dependientes, ni a quienes solicitan una visa de inversionista, entre otros casos. Tampoco afecta a profesionales de la salud que tienen la intención de ingresar a Estados Unidos para laborar o investigar para combatir el COVID-19, ni a las personas con visas de no-inmigrante.
Contrario a las expectativas que creó el anuncio de esta medida, la misma tiene un alcance bastante limitado. En la actualidad los Consulados de Estados Unidos tienen sus labores regulares suspendidas y no han establecido fecha para restablecer sus servicios; con lo cual, parte del tiempo de efectividad de la medida, los Consulados estarán cerrados.
El Departamento de Migración sigue laborando con la recepción y aprobación de peticiones y reanudará sus servicios al público a partir del 4 de mayo. Todas las peticiones en proceso siguen su curso habitual y quienes reciben la notificación del Centro Nacional de Visa para concluir su caso, pueden realizar sus gestiones sin inconvenientes.
Si usted está finalizando su proceso y el Centro Nacional de Visa le envía su cita, simplemente reprográmela para una fecha posterior a la efectividad de esta medida.