La Superintendencia considera que cada actor debe cumplir con las normativas a favor de los afiliados del sistema. archivo
SANTO DOMINGO.-Tras las denuncias sobre la existencia de trabas para que los familiares de fallecidos tengan acceso a las pensiones por sobrevivencia, la Superintendencia de Pensiones llamó a los dependientes de esos cotizantes a tramitar la devolución de esos fondos.
La entidad indicó que es responsabilidad de los dependientes de los afiliados fallecidos realizar sus solicitudes ante las Administradoras de Fondos de Pensiones, mediante los requisitos exigidos por la ley. “Los reclamantes tendrán derecho a recibir el pago de la pensión”, aseguró.
El superintendente Ramón Contreras Genao manifestó que desde el año 2010 la institución se ha ocupado de realizar diversas actividades tendentes a garantizar que beneficiarios de afiliados que ya murieron puedan reclamar el pago de esas prestaciones.
Listado de fallecidos
Afirmó que ha remitido a las distintas AFP el padrón de fallecidos de la Junta Central Electoral para fines de contactar a los beneficiarios o herederos, además de que han realizado operativos para actualización de los datos y también han dado seguimiento a las solicitudes para garantizar los derechos de los reclamantes.
“Como resultado de estas actividades se ha podido evidenciar la dificultad de las administradoras para contactar a los beneficiarios, situación que se agrava con aquellos afiliados que no se encontraban laborando a la fecha de fallecimiento y el empleador no tiene registros de datos de familiares o allegados de ese trabajador”.
La Superintendencia afirmó que cuenta con registros de beneficiarios o herederos contactados que se acercan a las AFP y desisten de tramitar la solicitud del beneficio por diversas causas que no fueron ofrecidas.
Dijo que todos los sectores que participan en el sistema deben cumplir con las normativas vigentes, “por lo que todo ciudadano está llamado a ejercer sus derechos de forma objetiva y oportuna, recordando que los fallecidos no son información de dominio público, por lo que la principal fuente de conocimiento del sistema respecto de los mismos es la solicitud tramitada por los beneficiarios y herederos ante las AFP”.
Dijo que se dan casos en los que beneficiarios se acercan a las AFP y desisten de tramitar la solicitud de beneficio por diversas causas que no citó.
Vigencia de los fondos
En cuanto a los siete años que tiene como vigencia el cobro de los fondos por sobrevivencia, Contreras Genao expresó que para la Sipen el derecho a recibir una pensión de ese tipo no debe prescribir, ya que los derechos previsionales tienen que ser atendidos y garantizados bajo el principio de imprescriptibilidad dada su naturaleza social.
Reconoce que una de las principales debilidades del Sistema de Seguridad Social es la falta de conocimiento de los deberes y derechos de los usuarios.
Beneficiados
En un comunicado, el titular de la Sipen manifestó que 19,178 personas se han beneficiado de la pensión, y aquellos que no han sido favorecidos han recibido el saldo total de las cuentas de sus causahabientes, el cual asciende aproximadamente a 1,500 millones de pesos.
En cuanto al monto de los RD$870,252,453 mencionados por el Consejo Nacional de la Seguridad Social que tiene la Sipen a favor de beneficiarios o herederos de los afiliados fallecidos por pensiones, Genao destacó que esa información no ha sido comunicada ni publicada de manera oficial por ese organismo y que desconoce cómo se ha definido esa cantidad.
Radiografía
— Información
El superintendente manifestó que la principal debilidad del Sistema de Seguridad Social es la falta de información por parte de los usuarios, lo cual no permite que puedan reclamar la herencia del afiliado fallecido.