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Senado convierte en Ley colocar RD$401 mil millones en valores de deuda

  • Esta colocación de bonos se suma a las fuentes de financiamiento previstas en el presupuesto

Santo Domingo.– Con el mismo tratamiento (de urgencia) con que los diputados lidiaron con el proyecto que coloca valores de deuda pública por un monto de RD$401,767,814,730, los senadores despacharon la pieza no son antes argumentar a favor y en contra de la Ley que es asumida como recurrente tras la promulgación del Presupuesto de cada año.

Al cierre de los debates el presidente del Senado reconoció la necesidad de que existan las diferencias en democracia así como la pluralidad de ambas cámaras legislativas pero instó a valorar la importancia del proyecto.

El proyecto aprobado autoriza al Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Hacienda y Economía, a emitir y colocar valores de deuda pública por hasta el monto señalado, conforme a lo establecido en la Ley núm. 99-25 del Presupuesto General del Estado 2026, promulgada el 16 de diciembre de 2025.

Esta colocación de bonos se suma a las fuentes de financiamiento previstas en el presupuesto, el cual proyecta un déficit fiscal equivalente al 3.2 % del Producto Interno Bruto (PIB), sustentado en supuestos macroeconómicos como un crecimiento económico de 4.5 %, una inflación promedio de 3.8 % y una tasa de cambio estimada en RD$65.50 por dólar.

Desde el oficialismo, se ha insistido en que la deuda aprobada no implica un aumento adicional al endeudamiento autorizado, sino que forma parte del esquema financiero previsto para cubrir el déficit y las aplicaciones financieras del Estado en 2026.
La carta de Luis Abinader por los bonos

En la misiva enviada al Congreso Nacional, el presidente Luis Abinader solicitó formalmente la aprobación del proyecto, destacando que la iniciativa permite al Gobierno aprovechar las condiciones favorables de los mercados financieros, tanto locales como internacionales.

Detalles del proyecto de colocación de bonos

El artículo 1 del proyecto establece que la ley tiene por objeto otorgar la aprobación congresual para la emisión y colocación de valores de deuda pública. El artículo 3 fija el monto máximo autorizado en RD$401,767,814,730, con la posibilidad de cubrirlo con otras fuentes financieras si se presentan condiciones más favorables para el Estado.

La ley permite que la colocación se realice mediante subastas o colocación directa, esta última sujeta a resolución motivada del Ministerio de Hacienda y Economía. Además, se establece que los valores deberán colocarse dentro del ejercicio presupuestario 2026, aunque se permite el prefinanciamiento si las condiciones del mercado resultan favorables antes de iniciar el año.

En el mercado local, los valores deberán colocarse bajo las mejores condiciones de tasa de interés, ser libremente negociables en el mercado secundario y contar con un código ISIN. Podrán ser utilizados como garantía, fianza, reserva técnica de aseguradoras e instrumentos de inversión para las AFP, e incluso servir para el pago de impuestos sobre la renta una vez vencidos.

En el mercado internacional, el proyecto establece plazos mínimos de cinco años para deuda en moneda extranjera y un año para deuda en pesos dominicanos, además de la exención total de impuestos sobre capital e intereses, conforme a las prácticas habituales de los mercados externos.
Administración de pasivos

El capítulo IV regula las operaciones de administración de pasivos, permitiendo al Ministerio de Hacienda realizar conversiones, consolidaciones y compras anticipadas de valores, siempre de forma voluntaria para los tenedores y con la aprobación del Poder Ejecutivo.

Finalmente, el proyecto contempla disposiciones especiales para el Banco Central, autorizándolo a realizar operaciones de crédito y colocación de fondos con un plazo de hasta 180 días, en línea con las prácticas internacionales de banca central.

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Es periodista y locutor. Cubre Congreso, Partidos Políticos y JCE.

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