Senado aprueba en segunda lectura modificación a Ley de Partidos
- Proyecto de ley obligaría a aspirantes políticos a presentar prueba antidopaje y certificaciones de antecedentes penales
Santo Domingo.- El Senado de La República aprobó en segunda lectura el proyecto de Ley que modifica la Ley de partidos 33-18 y establece mayores controles financieros a los fines de evitar la incursión de dinero del narcotráfico y del crimen organizado.
De convertirse en Ley la iniciativa, los aspirantes a cargos electivos y de dirección partidaria tendrían que someterse a pruebas antidopaje, presentar certificaciones de no antecedentes penales de República Dominicana y de los países donde hayan residido durante los últimos 15 años, además de permitir la verificación de sus informaciones patrimoniales y financieras.
La iniciativa modifica más de una veintena de disposiciones de la legislación vigente e introduce conceptos propios de los sistemas de prevención de lavado de activos, trasladando a los partidos obligaciones similares a las que actualmente aplican entidades financieras y sectores regulados.
Uno de los aspectos más novedosos del proyecto es la creación de procedimientos obligatorios de “debida diligencia”, mediante los cuales los partidos deberán verificar antecedentes, actividades económicas y origen de recursos de precandidatos, candidatos, dirigentes, donantes y financistas.
La propuesta establece que los partidos tendrán que implementar programas internos de cumplimiento normativo, conocidos internacionalmente como compliance, destinados a prevenir la penetración del crimen organizado y el uso de recursos ilícitos en actividades políticas.
Asimismo, cada organización deberá designar un oficial o una unidad de cumplimiento encargada de supervisar esos controles, verificar informaciones y reportar operaciones sospechosas cuando corresponda.
Nuevos filtros para las candidaturas
El proyecto incorpora requisitos adicionales para quienes aspiren a una candidatura.
Entre ellos figura la presentación de una declaración jurada de patrimonio correspondiente a los tres años previos a la postulación o, en su defecto, una certificación de cumplimiento fiscal emitida por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).
También se requerirá una certificación de no antecedentes penales expedida por las autoridades dominicanas, así como documentos similares emitidos por los países donde el aspirante haya residido durante los últimos quince años.
A ello se suma la obligación de presentar una prueba antidopaje actualizada y, para quienes estén sujetos al régimen de declaración jurada de bienes, una certificación de la Cámara de Cuentas que acredite el cumplimiento oportuno de esa obligación.
La iniciativa también dispone que los aspirantes deberán autorizar expresamente a los partidos para verificar la autenticidad de la documentación suministrada ante instituciones públicas y privadas, nacionales o extranjeras.
Partidos podrían excluir aspirantes
Otro elemento relevante es que los partidos quedarían facultados para declarar inadmisibles o excluir aspirantes cuando detecten falsedad documental, ocultamiento de información relevante o incumplimiento de los requisitos de integridad establecidos por la ley.
Sin embargo, el texto obliga a respetar garantías mínimas de debido proceso, incluyendo notificación, derecho de defensa, presentación de pruebas y posibilidad de recurrir las decisiones ante las instancias partidarias y posteriormente ante el Tribunal Superior Electoral.
Incluso una candidatura ya escogida podría ser sustituida si posteriormente se comprueba que el candidato presentó información falsa o incumple las condiciones de integridad exigidas por la normativa.
Más controles al financiamiento político
Igualmente son endurecidas las reglas sobre financiamiento partidario.
Los partidos deberán identificar y documentar quién realiza cada aporte, el monto entregado, la fecha, el medio de pago utilizado y el destino final de los recursos.
Además, introduce la figura del “aportante final”, con el propósito de identificar a la persona que realmente controla o financia una contribución, aun cuando esta sea canalizada mediante empresas, fundaciones, fideicomisos o intermediarios.
El proyecto prohíbe expresamente las contribuciones provenientes de actividades ilícitas, del crimen organizado, del lavado de activos o de fuentes cuyo origen no pueda ser determinado mediante procedimientos de verificación.
Asimismo, promueve la bancarización de las operaciones y procura limitar el uso de dinero en efectivo dentro de las actividades partidarias.
JCE asumiría mayores facultades
La Junta Central Electoral (JCE) también vería ampliadas sus competencias mediante el fortalecimiento de la Unidad Especializada de Control Financiero de los Partidos.
Esa dependencia tendría facultad para supervisar los sistemas internos de cumplimiento, fiscalizar la trazabilidad de los recursos, verificar la identidad de los donantes y auditar los mecanismos de control implementados por las organizaciones políticas.
Además, los partidos deberán presentar informes financieros más detallados, incluyendo evidencia de los procedimientos de verificación aplicados a donantes y financistas.
Como mecanismo de sanción, el proyecto contempla la suspensión de las partidas de financiamiento público a los partidos que incumplan las nuevas obligaciones.
Entre las causas figuran la recepción de aportes ilícitos, la imposibilidad de demostrar el origen de los recursos, la falta de controles internos, el incumplimiento de los sistemas de trazabilidad y la no presentación de informes financieros exigidos por la JCE.
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