Selectividad de la justicia penal

La creación de la conciencia moral es el fin último de la evolución social. Lo que persigue el hombre es lo bueno.
Lo bello, lo útil, lo justo y lo verdadero están dirigidos al establecimiento de una sociedad en que la consciencia social esté tan educada y evolucionada que la bondad sea un principio naturalmente ejercido por todos.
Todo lo anterior, emanado del pensamiento del insigne Profesor Juan Bosch, se subsumiría en una sana administración de justicia penal que sirva de ejemplo de las presentes generaciones que aspiran a que la República Dominicana se convierta en un verdadero Estado Social y Democrático de Derecho, fundamentado en la dignidad de las personas, como establece nuestra Constitución Política.
Desafortunadamente lo que prevalece es una justicia penal selectiva.
Lo anterior no lo digo, necesariamente, por la tragedia del derrumbe del techo del centro de diversiones Jet Set, donde murieron 236 personas, calificado de homicidio involuntario; y que en el momento del conocimiento de la medida de coerción de los imputados Antonio y Maribel Espaillat no incluyó prisión preventiva.
Particularmente, creo que el Ministerio Público obró correctamente al darle una calificación de homicidio involuntario y también la jueza Fátima Veloz, quien les impuso una fianza de 50 millones de pesos, presentación periódica e impedimento de salida. La pregunta es si hubiera actuado de la misma manera, si los imputados hubiesen sido Juancito Trucupey y Juana de los Palotes.
No lo creo.
La magistrada argumentó que poseen un arraigo suficiente al tener un domicilio conocido, actividad empresarial estable, vínculos familiares y sociales en el país, al tiempo de no demostrarse que estos tengan facilidades para abandonar el territorio dominicano ni tienen antecedentes de evasión.
Igual sucedía con los exministros del gobierno pasado Gonzalo Castillo, Donald Guerrero y José Ramón Peralta, así como decenas de otros colaboradores de la administración que encabezó Danilo Medina, pero la justicia penal, de manera selectiva, les repartieron 18 meses de reclusión en centros penitenciarios.
La medida de coerción constituye un instrumento legal que afecta los derechos personales o patrimoniales de la persona que es objeto de una investigación penal; la misma tiene carácter cautelar, es decir, preventivo, y procura evitar la sustracción del imputado. En una sociedad democrática e institucionalizada, se debe medir a toda persona con el mismo centímetro, sin tomar en cuenta condición social, étnica, religiosa o cultural.
En el caso de la justicia dominicana, avergüenza la enorme cantidad de presos preventivos. Para la mayoría de éstos no valen los reclamos, y peor ocurre si el prevenido resulta un botín en el interés coyuntural del oficialismo.
Hay personas con medidas de coerción por simples delaciones premiadas, mientras los delatores, que sí han confesado crímenes y delitos, se pasean por las calles libremente o disfrutan de la dolce vita en el exterior. El abuso de la prisión preventiva es parte de la cotidianidad.
Gente que podría seguir sus procesos en libertad recibe condenas adelantadas ante el silencio cómplice de autoridades que saben que constituye un abuso de poder. Pero no pasa nada.
El Ministerio Público aparece como una especie de “Leviatán”, un poderoso monstruo en forma de la legendaria Quimera que se impone a todo lo existente. Los jueces parecen ser arrastrados por los fiscales.
El compromiso permanente de los jueces debe ser sólo con la verdad, desechando en su camino todo tiempo de oferta material.
Ningún ascenso personal ni cualquier otra cuestión de índole material estará por encima del cumplimiento correcto del rol.
Indudablemente que debe cesar la selectividad de la justicia penal.