Si una persona desea incluir a sus padres, suegros o hijos mayores de edad en su Seguro Familiar de Salud (SFS), puede hacerlo bajo la modalidad de dependientes adicionales, siempre que cumpla con los requisitos establecidos dentro del Sistema Dominicano de Seguridad Social.
La documentación requerida dependerá del vínculo familiar entre el afiliado titular y la persona que será incorporada al seguro.
Para incluir a un hijo o hijastro como dependiente adicional, generalmente se requiere copia de la cédula del titular, copia de la cédula del familiar y el acta de nacimiento que permita comprobar el parentesco.
En el caso de los padres del afiliado, deben presentarse las cédulas de los padres, la cédula del titular y el acta de nacimiento de este último.
Mientras, para incorporar a los padres del cónyuge, conocidos comúnmente como suegros, se requiere la documentación de identidad de las personas que serán afiliadas, así como la cédula y el acta de nacimiento del cónyuge y el documento que acredite el matrimonio o la unión con el titular.
Entre los familiares que pueden ser incorporados como dependientes adicionales se encuentran los hijos o hijastros mayores de 18 años que no estudien, los mayores de 21 años, los padres del afiliado y los padres de su cónyuge.
¿Dónde se realiza el trámite?
La inclusión debe formalizarse ante la Administradora de Riesgos de Salud (ARS) a la que pertenece el afiliado, entidad que deberá verificar los documentos y completar el proceso de afiliación.
En el caso de los trabajadores asalariados, también interviene el empleador, debido a que debe realizar los registros correspondientes dentro del Sistema Único de Información y Recaudo (SUIR) para que pueda aplicarse el pago por el dependiente adicional.
A diferencia de los dependientes directos, la incorporación de un dependiente adicional implica el pago de una cápita adicional que será asumida por el afiliado.
Por esta razón, antes de iniciar el proceso se recomienda consultar con la ARS sobre los documentos requeridos para cada caso y el monto vigente que deberá pagarse por la cobertura.
Los ciudadanos también pueden acudir a la Dirección General de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (DIDA) para recibir orientación sobre el procedimiento y sus derechos dentro del Seguro Familiar de Salud.
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