¿Qué pasa si una universidad añade una materia después de que iniciaste la carrera? Esto dice el Mescyt

  • El Mescyt aclara que los cambios en los planes de estudio no son retroactivos y que los estudiantes deben concluir la carrera con el pensum vigente al momento de su inscripción

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Estudiantes universitarios. Fuente externa.

Santo Domingo, RD. – Las universidades pueden actualizar o modificar sus planes de estudio cuando lo consideren necesario, pero esos cambios no pueden aplicarse de manera retroactiva a los estudiantes que ya iniciaron una carrera con un pénsum anterior, explicó el director de Currículo del Ministerio de Educación Superior, Ciencia y Tecnología (Mescyt), Israel Contreras.

El funcionario aclaró que cada estudiante tiene derecho a concluir su carrera con el plan de estudios vigente al momento de su inscripción, por lo que una asignatura incorporada posteriormente no puede convertirse en un requisito obligatorio para su graduación.

"El estudiante termina con el plan de estudio con el que comenzó", enfatizó Contreras al ser consultado por el periódico El Día tras una denuncia de una estudiante que asegura que su universidad le exige cursar la asignatura de Educación Constitucional, pese a que esta no formaba parte del pensum cuando ingresó a la carrera.

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Ministerio de Educación Superior, Ciencia y Tecnología. Fuente externa

Contreras explicó que la asignatura de Educación Constitucional no fue creada por disposición del Tribunal Constitucional, sino mediante una resolución del Consejo Nacional de Educación Superior, Ciencia y Tecnología (Conescyt), a solicitud del propio tribunal, para dar cumplimiento al mandato de la Constitución que establece la enseñanza de la Carta Magna en la educación superior.

No obstante, precisó que esa disposición solo aplica para los estudiantes que ingresan con los nuevos planes de estudio y no para quienes ya estaban matriculados cuando fue aprobada la resolución.

El director de Currículo indicó que, si una universidad desea ofrecer esa asignatura a estudiantes de planes anteriores, solo puede hacerlo mediante un acuerdo voluntario entre la institución y el estudiante, sin que ello represente una obligación académica.

Trabas para legalizar en título de grado

Israel Contreras, rechazó que la ausencia de esa materia pueda impedir la legalización de un título universitario en el Mescyt.

"No es obligatorio. Cuando llegue aquí al Ministerio no podemos decir que no le vamos a legalizar el título porque no cursó esa asignatura", afirmó, al señalar que cualquier interpretación en ese sentido responde a una confusión.

El funcionario reiteró que el Ministerio respeta el principio de no retroactividad en los planes de estudio y recordó que la propia resolución que creó la asignatura establece expresamente que su aplicación no afecta a los estudiantes inscritos bajo pensum anteriores.

¿Qué alega la estudiante?

La estudiante alega que, tras concluir el pensum correspondiente a la matrícula de 2019, año en que ingresó a la universidad, la asignatura Educación Constitucional no formaba parte de su plan de estudios. Sostiene que esta fue incorporada cuatro años después de haber iniciado la carrera, por lo que entiende que no puede exigírsele como requisito para graduarse.

Graduados
La legalización del título universitario es primordial tras concluir los estudios superiores.

Según explicó a El Día, ha agotado los procedimientos correspondientes dentro de la universidad; sin embargo, asegura que las autoridades académicas insisten en que la materia es de carácter obligatorio. A su juicio, esta situación le representa una pérdida de tiempo y un gasto adicional, ya que tendría que pagar una tutoría para cursar una asignatura que no estaba contemplada en el pensum con el que se inscribió.

¿Qué fue lo que aprobó el CONESCYT?

Una comunicación emitida por el Ministerio de Educación Superior, Ciencia y Tecnología (Mescyt), de fecha 20 de noviembre de 2023, explica los alcances de la implementación de la asignatura Educación Constitucional, aprobada mediante la Resolución Núm. 19-23, emitida por el Consejo Nacional de Educación Superior, Ciencia y Tecnología (CONESCYT) el 27 de julio de 2023.

Aunque la resolución establece la obligatoriedad de impartir la asignatura en todas las carreras, el documento aclara expresamente que su aplicación no es retroactiva. En consecuencia, la obligatoriedad no aplica para los estudiantes que se matricularon antes de la creación de la asignatura.

El Mescyt precisa que estos estudiantes deberán concluir sus estudios con el pénsum vigente al momento de su inscripción y que, para ellos, cada universidad podrá diseñar e implementar una estrategia que considere conveniente para ofrecer la asignatura, siempre sobre la base de la libre elección, sin que represente un requisito obligatorio para completar su plan de estudios.

Sobre el autor

Génesis García

Amante de la buena comida, las buenas conversaciones y la comedia. Voiceover y Periodista, me gusta escribir de turismo y temas sociales.