Proyecto facilita fondos pensiones para casas, estudios y enfermedad

Proyecto facilita fondos pensiones para casas, estudios y enfermedad

Proyecto facilita fondos pensiones para casas, estudios y enfermedad

Freddy Hidalgo Núñez, ministro de Salud Pública, realizo una visita a los Hospitales Robert Red y El Hospital de Maternidad Nuestra Señora de la Altagracia Santo Domingo República Dominicana. 23 de junio de 2014. Foto Pedro Sosa

Santo Domingo.-El anteproyecto de modificación de la Ley 87-01 sobre Seguridad Social propone que los afiliados a los Fondos de Pensiones puedan retirar sus ahorros de manera anticipada para comprar su primera casa, gastos médicos o educación.

En ese sentido, otorga poder a la Superintendencia de Pensiones (Sipen) para que establezca las condiciones bajo las cuales se puedan apropiar esos recursos.

Esta disposición sería aplicable a los aportes voluntarios, ordinarios o extraordinarios de los afiliados del Sistema de Capitalización Individual, según consta en el borrador de una propuesta de modificación presentada por el Gobierno, de la que EL DÍA obtuvo una copia.

Inversiones de pensiones

El anteproyecto propone que no sea el Consejo Nacional de la Seguridad Social (CNSS) el que determine los instrumentos adicionales en los que se puedan emplear los fondos previsionales, sino una Comisión Calificadora de Riesgo.

No obstante, precisa que esos recursos solo podrán ser invertidos en depósitos a plazo y otros títulos emitidos por el Banco Central, el Banco de Desarrollo de las Exportaciones (Bandex), Instituto Nacional de la Vivienda (Invi) y las asociaciones de ahorros y prestamos reguladas.

También podrían ser utilizados en letras o cédulas hipotecarias emitidas por las entidades señaladas y en títulos de deuda de organismos internacionales, fideicomisos, acciones de oferta pública y otros.

Custodia de los fondos

El 95 % del valor de los fondos de pensiones deberá estar bajo custodia del Banco Central y de Depósitos Centralizados de Valores.

La modificación de la Ley 87-01, que más adelante deberá ser sancionada por el Congreso, otorga poderes adicionales a la Sipen y su incumbente sobre temas de supervisión de aseguradoras, aumento de ingresos e imposición de multas.

Elimina régimen

Uno de los mayores cambios de la propuesta de enmienda es la eliminación del régimen de Contribución Subsidiado y creación de uno de Afiliación por Contribución Propia, cuya base de cotización será establecida de acuerdo a estudios técnicos encomendados por la Sipen.

Este nuevo régimen será de carácter voluntario y comprenderá las afiliaciones para pensión por vejez, discapacidad (parcial o total) y por sobrevivencia.

El monto mínimo de la pensión para este régimen equivaldrá al 70 % del salario mínimo privado y será indexado periódicamente de acuerdo a la normativa que establezca el CNSS.

Los recursos para financiar esta pensión serán únicamente aportados por el afiliado y sus intereses devengados, contrario al “nunca aplicado” Régimen Contributivo Subsidiado, que establecía un aporte estatal.

Otro punto introducido en la propuesta de modificación de la Ley de Seguridad Social indica que los nuevos afiliados con más de 45 años de edad podrán hacer aportaciones adicionales exentas de impuestos, a fin de incrementar sus fondos de pensiones, el cual será actualizado de manera periódica por el índice de Precios al Consumidor.

TSS aplicaría cobros compulsivos a quienes se atrasen

El anteproyecto de modificación de la Ley 187 entrega poder a la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) para que pueda actuar jurídicamente en contra de las entidades que evaden o se atrasan en el pago de sus cotizaciones.

La propuesta incluye la creación de un Reglamento de Mandamiento de Pago y Procedimientos para el cobro compulsivo por la TSS, a fin de apoyar la persecución y castigo a la elusión y evasión de los compromisos establecidos en la ley.

“Lo que está planteando este proyecto es que la TSS tenga la capacidad de accionar jurídicamente contra cualquier empresa que viole la Ley de Seguridad Social”, explicó Rafael (Pepe) Abreu, representante del sector sindical.

Se estima que un 10 % de las empresas que deben cotizar no están pagando.

Según el borrador, la TSS aplicará procedimientos de cobro coactivos y embargos ante deuda de los empleadores con más de 60 días de atrasos por cotizaciones y aportes.

También cobrará multas, recargos e intereses, a fin de garantizar el pago de dicha deuda y por la no inscripción o pago de trabajadores.



Senabri Silvestre

Editora de Nacionales del Periódico El DÍA, amante de Dios y de mi familia.