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Proyecto crea Ministerio de Justicia quita a Procuraduría el control de cárceles en el país

Anyelo Mercedes Por Anyelo Mercedes
La Cárcel de La Victoria es una de las que presenta mayor hacinamiento. ARCHIVO
📷 La cárcel de La Victoria suele ser el emblema al que recurren los promotores de crear un Ministerio de Justicia que exima a la Procuraduría General de La República de la administración carcelaria.

Santo Domingo.- Es oficial la propuesta. El proyecto de Ley que crea el Ministerio de Justicia y que ya fue aprobado en primera lectura por el Senado, busca delimitar las funciones propias de persecución criminal del Ministerio Público respecto a tareas meramente funcionales y administrativas.

Fundamentalmente les quita la gestión penitenciaria, el auxilio científico forense (lo que ha sido criticado por una agrupación de fiscales), el registro y certificación de documentos oficiales y notariales, y la prestación de servicios a la ciudadanía y organizaciones sin fines de lucro.

En lo que tiene que ver con los centros correccionales del país, ha sido esta la principal causa de los proponentes de la Ley, argumentando que el degrado tanto del viejo como del nuevo modelo penitenciario ha sido por falta de una gerencia especializada.

Según la iniciativa de los senadores Félix Bautista y Cristóbal Venerado Castillo, el propósito es fortalecer el sistema de justicia, creando un órgano especializado que asuma esas funciones dentro del marco del Poder Ejecutivo.

Estructura y objetivos del Ministerio de justicia

El Ministerio de Justicia será un órgano de planificación, dirección, coordinación y ejecución de funciones delegadas por la Constitución y las leyes al Poder Ejecutivo.

Su objetivo será colaborar funcional y administrativamente con el sistema de justicia, representar judicial y extrajudicialmente al Estado, coordinar el Sistema Nacional de Derechos Humanos y dirigir el sistema penitenciario y correccional, sin interferir con la independencia de los demás órganos del Estado.

La propuesta detalla la creación de cinco viceministerios:

  1. Viceministerio de Atención y Colaboración al Sistema de Justicia
  2. Viceministerio de Representación Judicial y Extrajudicial
  3. Viceministerio de Derechos Humanos
  4. Viceministerio de Políticas Penitenciarias y Correccionales
  5. Viceministerio de Asuntos Registrales y Servicios a la Ciudadanía

La ley contempla la posibilidad de agregar otros organismos autónomos y descentralizados adscritos al Ministerio. El reglamento de aplicación de la ley definirá el resto de la estructura y funciones.

Designaciones y requisitos del Ministerio de Justicia

El Ministerio dependerá presupuestariamente del Poder Ejecutivo, el cual asignará recursos a través del Presupuesto General del Estado.

El Ministro de Justicia será designado por el Presidente de la República y deberá ser dominicano, mayor de 25 años, licenciado o doctor en Derecho, en pleno ejercicio de sus derechos civiles y políticos, y con reconocida competencia jurídica.

Los viceministros, también designados por el Presidente, deben tener 25 años o más, ser dominicanos (naturalizados con 10 años de ciudadanía para ciertos cargos) y demostrar alta capacidad técnica.

Algunos viceministerios exigen formación jurídica, mientras otros aceptan grados en ciencias sociales o de administración.

Funciones de los viceministerios

Los viceministros actuarán como brazo operativo del Ministerio de Justicia.

Entre sus funciones están la planificación, coordinación, evaluación de políticas, administración de bienes y servicios, y representación de los intereses institucionales.

El Viceministro de Atención y Colaboración al Sistema de Justicia servirá como enlace con los órganos judiciales y promoverá el acceso a la justicia, la formación de profesionales jurídicos y el fortalecimiento institucional.

Se establece también el Centro de Investigaciones Jurídicas, un órgano desconcentrado encargado de realizar y publicar estudios jurídicos, sociales y estadísticos vinculados al Ministerio.

El Viceministro de Representación Judicial y Extrajudicial ejercerá la representación del Estado en sede jurisdiccional, en coordinación con la Oficina del Abogado General de la Administración Pública, que conservará sus funciones constitucionales.

Este último será designado por el Presidente, mientras que los abogados adjuntos lo serán por el Ministro de Justicia.

Derechos humanos y sistema penitenciario

El proyecto contempla la creación del Sistema Nacional de Derechos Humanos, coordinado por el Ministro de Justicia e integrado por 24 instituciones estatales, con posibilidad de añadir otras.

El Viceministro de Derechos Humanos será responsable de articular y coordinar las políticas públicas en esta materia.

El sistema penitenciario y correccional quedará integrado por varios ministerios, la Policía Nacional, el Consejo Nacional de Drogas, entre otros entes.

El Viceministro de Políticas Penitenciarias y Correccionales diseñará y supervisará políticas de reinserción y colaborará con la sociedad civil.

También se crea el Instituto Especializado de Estudios Penitenciarios y Correccionales, encargado de la formación del personal del servicio penitenciario.

Registro y servicios a la ciudadanía

El Viceministerio de Asuntos Registrales y Servicios a la Ciudadanía ejecutará la administración de registros y certificaciones notariales, atenderá denuncias ciudadanas y gestionará el registro de organizaciones sin fines de lucro.

Por su parte, se crea la Dirección General de Servicios Penitenciarios y Correccionales, con autonomía financiera, técnica y administrativa. Su director deberá gestionar el sistema penitenciario, el suministro de bienes y servicios, los informes semestrales al Ministerio y la atención a incidentes del sistema.

Leyes a reformar con creación del Ministerio de Justicia

La ley que crea el Ministerio de Justicia modifica siete leyes vigentes, incluyendo:

  • Ley 1486 de 1938 sobre representación del Estado
  • Ley 454-08 que creó el Instituto Nacional de Ciencias Forenses
  • Ley 489-08 sobre arbitraje comercial
  • Ley 133-11, orgánica del Ministerio Público
  • Ley 590-16, orgánica de la Policía Nacional
  • Ley 37-17, que reorganiza el Ministerio de Industria y Comercio
  • Ley 155-17, sobre lavado de activos
  • Ley 113-21, que regula el sistema penitenciario y correccional

En relación con la Ley 1486 de 1938, sobre la Representación del Estado, se propone modificar sus artículos 4, 5, 11 y 13. Estos cambios facultarían al Ministerio de Justicia para asumir o delegar la representación del Estado en actos judiciales y extrajudiciales, asegurando la defensa de los derechos estatales.

Además, se estipula que las notificaciones de acciones judiciales contra el Estado deben realizarse directamente a la institución accionada, con un plazo de 24 horas para informar al Ministerio de Justicia.

En lo concerniente a la Ley 454-08, que crea el Instituto Nacional de Ciencias Forenses, fue enmendada para incluir al Ministro de Justicia en su Consejo Directivo.

Asimismo, la Ley 489-08 sobre Arbitraje Comercial sería ajustada para detallar los procedimientos de notificación y representación del Estado en casos de arbitraje, garantizando que el Ministerio de Justicia coordine la defensa estatal y que los representantes posean la experiencia necesaria.

Otras leyes que también serán impactadas incluyen la Ley 133-11 (Ley Orgánica del Ministerio Público), la Ley 596-16 (Ley de la Policía Nacional), y la Ley 37-17 (que reorganiza el Ministerio de Industria y Comercio).

La propuesta de Ley que crea el Ministerio de Justicia está en el Senado para fines de segunda lectura.

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Anyelo Mercedes

Es periodista y locutor. Cubre Congreso, Partidos Políticos y JCE.

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