Protocolo protege a los creadores de fórmulas de productos genéticos

Protocolo protege a los creadores de fórmulas de productos genéticos

Protocolo protege a los creadores de fórmulas de productos genéticos

SANTO DOMINGO.-Nadie tiene derecho a usar, sin consentimiento, los conocimientos sobre recursos genéticos que son utilizados como componentes activos de productos de índole farmacéutico, cosmético o agroindustrial, que han sido creados por personas o comunidades.

“Sí alguien elabora un ungüento para el apretamiento de pecho; un antigripal de aceite de palo o de rábano, así como jabón de coco o una jalea de miel, entre otros productos, la persona o comunidad dueña de esa sapiencia debe defenderla y no permitir que una compañía o investigador la usen sin compartir los derechos de esos beneficios”, afirma María Priscilia Peña.

La asistente técnica del Proyecto de Fortalecimiento de los Recursos Humanos, Marcos Legales para implementar el Protocolo de Nagoya por parte del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Mimarena) y el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD).

Explica: “Ese dominio o practica de elaborar ese producto pertenece a esa persona o la comunidad donde se hace y esta debe empoderarse y proteger sus conocimientos. En ese sentido estamos desarrollando lo que denominamos el protocolo Biocomunitario”.

Peña indicó que trabajan en el reglamento o normativa para asistir a los actores de iniciativas de ese tipo.

Nagoya

El Protocolo de Nagoya sobre acceso y participación en los beneficios es un tratado internacional adoptado bajo los auspicios del Convenio de Biodiversidad, que procura que terceras personas no exploten, sin consentimientos fundamentados previos, a quienes poseen dominio o manejo de los recursos genéticos.

“Eso quiere decir que la persona o la comunidad debe estar consciente que le está otorgando esos conocimientos a otro y debe poner condiciones para recibir beneficios del uso comercial de lo que se desarrolla a partir de su experiencia”, dijo Peña.

Transacción

La experta especificó que si “determinada empresa decide aprovechar esos recursos, debe firmar un contrato de acceso a los recursos genéticos, en primer caso, con fines de investigación, para que las aplicaciones que se hagan sean correctas, y finalmente firmaría otro para beneficiar al propietario y la comunidad de donde salen esos recursos, propiciando su conservación y evitando su aprovechamiento indiscriminado.

Caso de éxito

En relación al tema, Marina Hernández, encargada de Recursos Genéticos de la Dirección de Biodiversidad, recordó que el pasado año el Ministerio Ambiente autorizó la extracción del veneno que posee la especie del alacrán criollo (Rhopalurus princeps) de la familia Buthidae, como recurso genético o insumo para elaborar medicamentos con propiedades anticancerígenas.

Iniciativa

—Reclutamiento
El Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales y el PNUD iniciaron la capacitación de jóvenes voluntarios para que den a conocer las normas y consentimientos para que el Protocolo de Nagoya llegue a más comunidades.



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