Protección Social y corresponsabilidades

Protección Social y corresponsabilidades

Protección Social y corresponsabilidades

Altagracia Suriel

La protección social concretada en los programas de transferencias monetarias condicionadas tiene un rol en la formación de ciudadanos responsables.

Aristóteles decía que la principal tarea de los políticos era educar a los hombres para ser virtuosos. Este filósofo define la virtud como “aquella que enseña a los hombres a hacer el bien”. El bien y la responsabilidad caminan juntos.

Desde todos los ámbitos de acción de un gobierno se puede mejorar al pueblo con acciones concretas. Los programas de transferencias monetarias deben priorizar el cumplimiento de corresponsabilidades como parte de función educadora y su misión de crear capital humano.

Condicionar los apoyos socioeconómicos a acciones que favorezcan la escolaridad de los niños y la salud integral de los vulnerables no sólo redunda en bien para el hogar sino que desarrolla un país.

El enfoque kantiano de la moral implica no sólo tener derechos sino también deberes. Si se tiene el derecho a la educación o a la salud, ejercer esos derechos es una responsabilidad individual y familiar.
Fortalecer un sistema de corresponsabilidades asociadas a la protección social en nuestro país es una tarea prioritaria.

Hay que asegurar efectividad en la verificación y la promoción de corresponsabilidades y compromisos en sus participantes, sobre todo en salud y educación a través enfoques preventivos y de reducción de deserción escolar.

Es importante ahondar en la contribución específica de la protección social a la reducción de la mortalidad materno-infantil y los aportes a comportamientos, actitudes y prácticas favorables a salud preventiva que incidan en impactos en reducción de infecciones de transmisión sexual, enfermedades crónicas y cáncer de próstata.

Un reto para los programas de transferencias monetarias condicionadas apunta a la profundización del cumplimiento de las corresponsabilidades y la reproducción de roles tradicionales que perpetúan la discriminación de la mujer.

Por ejemplo, habría que determinar “si el cumplimiento de las corresponsabilidades no se convierte en una carga de cuidado adicional para la mujer, para lo cual tendría que fortalecerse el enfoque de salud comunitaria y la responsabilidad compartida entre hombres y mujeres en la salud y educación de los hijos e hijas menores de edad” (Suriel, A, 2023).